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27/10/2026

Abuso sexual: la Fiscalía cuestionó el fallo que absolvió al docente de clown y pidió anularlo

“Plagada de descalificaciones y estereotipos”, fue el duro cuestionamiento. Cuestionaron que el tribunal de juicio no tuvo perspectiva de género.
La fiscal Yanina Estela Passarelli pidió la impugnación de la absolución del docente de clown Pablo Mario, ante el Tribunal de Impugnación presidido por el juez Miguel Ángel Cardella. Fotos NoticiasNet.
La fiscal Yanina Estela Passarelli pidió la impugnación de la absolución del docente de clown Pablo Mario, ante el Tribunal de Impugnación presidido por el juez Miguel Ángel Cardella. Fotos NoticiasNet.

Esta mañana la Fiscalía pidió la impugnación de la sentencia que absolvió a Pablo Mario, un maestro de clown, acusado de abuso sexual contra su pareja. Fue absuelto por unanimidad el 7 de agosto de 2026 por el tribunal de juicio (integrado por Marcelo Chironi, Guillermo González Sacco y Guillermo Bustamante), porque la acusación no logró probar los extremos de la acusación más allá de toda duda razonable.

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El caso se radicó tras una relación de pareja entre la víctima y Pablo Mario, entre 2023 y 2024. Ella lo había conocido en los talleres de clown en la Casa de la Cultura, en Patagones, en los que él fue su docente e iniciaron una relación afectiva que terminó de la peor manera. Ella tenía 30 y él le doblaba la edad, ella era su alumna por lo que también había una relación de autoridad asimétrica según la Fiscalía y también dependía económicamente de su trabajo. Otro agravante fue que la víctima tiene a su familia a más de mil kilómetros de distancia.  La revelación sobre los casos ocurrió a medida que ella pudo desnaturalizar las experiencias vividas, conversando con una amiga, allegadas y profesionales.

La fiscal Yanina Estela Passarelli hoy sostuvo que la sentencia no contempló la perspectiva de género y cuestionó que se desacreditara el relato de la denunciante. La audiencia se realizó en la Sala 5, ante los jueces Miguel Ángel Cardella, María Rita Custet Llambí y Carlos Mussi. Del otro lado, sus abogadas, Graciela Perrén y Milenka Bezic, insistieron en que se trató de una relación libre y que la denunciante contaba con autonomía.

La fiscal Estela Passarelli planteó tres agravios principales: la valoración de la prueba, la falta de análisis de la vulnerabilidad de la denunciante y de la relación de poder entre las partes, y la omisión del contexto en el que se habría desarrollado el vínculo.

"La valoración del testimonio de la víctima está plagada de descalificaciones y estereotipos y, a su vez, la prueba de la acusación fue descartada justamente por no ser testigos presenciales de hechos de abuso sexual", mencionó y completó que en más de 10 años como fiscal nunca tuvo testigos directos de un abuso sexual.

Los tres ejes de la impugnación

Pablo Mario en la audiencia de esta mañana donde se trató la solicitud de impugnación de la sentencia. 

 

Passarelli explicó que uno de los principales cuestionamientos apunta al modo en que el tribunal evaluó la prueba producida durante el juicio. Según indicó, la sentencia dedicó diez páginas a esa tarea, pero dividió los elementos en bloques separados, en lugar de analizarlos de manera integral. Para la fiscal, ese método llevó a que se valorara el relato de la denunciante sin relacionarlo adecuadamente con los testimonios, las pericias y las circunstancias de la relación.

El segundo agravio se relaciona con la vulnerabilidad de la mujer, el consumo de alcohol y otras sustancias, y la asimetría de poder que, según la acusación, existía entre ella y Mario. La fiscal sostuvo que esos aspectos fueron mencionados durante el debate, pero no recibieron un análisis suficiente en la sentencia.

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El tercer eje está vinculado con el contexto relacional. La acusación señaló que los hechos denunciados se habrían producido durante una relación de pareja, una circunstancia que, a su criterio, debía considerarse para evaluar el testimonio y las pruebas.

"Cuando el abuso sexual se da en el marco de un vínculo afectivo, como es el caso que nos convoca, la violencia como medio comisivo cede ante algo que es más útil, que es la manipulación", expresó Estela Passarelli.

En esa línea, remarcó que la acusación nunca había sostenido que Mario hubiera atado o amenazado a la denunciante, sino que había planteado la existencia de una dinámica de manipulación. Por eso cuestionó que la ausencia de amenazas o de violencia física se utilizara como un argumento para restarle credibilidad al relato.

El cuestionamiento sobre el consentimiento

Uno de los tramos centrales de la exposición estuvo relacionado con un hecho denunciado en septiembre de 2024. Según el relato de la denunciante, reproducido por la fiscal, ella se había quedado dormida y se despertó cuando Mario la estaba abusando.

Estela Passarelli consideró especialmente grave que la sentencia cuestionara que la mujer no hubiera reaccionado de determinada manera al despertar y que no le hubiera exigido verbalmente que se detuviera.

Para la fiscal, ese razonamiento reproduce el estereotipo de la denominada "mala víctima", al evaluar la credibilidad de la denunciante a partir de cómo se esperaba que hubiera actuado durante el episodio.

Los testimonios y las pericias, bajo la lupa

Pablo Mario y su abogada defensora en instancia de conocerse su absolución. 

 

Otro de los cuestionamientos estuvo dirigido a la valoración de los testimonios de cuatro mujeres del entorno de la denunciante. Según la representante judicial, sus declaraciones no solo aportaban información sobre lo que la mujer les había contado, sino también sobre su estado emocional, sus cambios durante la relación, su situación económica y las dificultades que atravesaba para reconocerse como víctima de un posible abuso.

La fiscal sostuvo que esos elementos podían ayudar a reconstruir el contexto de los hechos y la vulnerabilidad que la acusación atribuyó a la denunciante. Sin embargo, cuestionó que la sentencia les restara valor principalmente porque las testigos no habían presenciado directamente los episodios denunciados.

También objetó el tratamiento de la prueba pericial psicológica. Según explicó, el tribunal tomó cuestionamientos formulados por una perito de la defensa sobre los procedimientos utilizados por el profesional que intervino a pedido de la Fiscalía, pero no expuso —a criterio de la acusación— fundamentos suficientes para dar mayor peso a una postura que a la otra.

La fiscal indicó que el perito había declarado durante aproximadamente dos horas para explicar los instrumentos utilizados y sus conclusiones, que incluían la presencia de sintomatología asociada al estrés postraumático, mientras que la perito de la defensa “ni le conoce la cara a la víctima”.

La discusión sobre el relato de la denunciante

La Fiscalía también cuestionó que la sentencia considerara una contradicción la diferencia entre lo expresado por la denunciante en una primera presentación ante la Comisaría de la Familia y los detalles que aportó posteriormente durante la investigación y el juicio.

Passarelli explicó que la mujer realizó una primera denuncia el 7 de septiembre de 2024 y regresó al día siguiente para efectuar una denuncia penal por los hechos de abuso sexual. El 9 de septiembre, agregó, mantuvo una entrevista con personal de la Fiscalía que quedó registrada y duró una hora y 21 minutos.

Para la representante de la acusación, la diferencia entre una presentación policial breve y una entrevista posterior más extensa no debía considerarse, por sí sola, una contradicción determinante para desacreditar el testimonio.

También mencionó que la denunciante había hablado con personas de su entorno sobre lo ocurrido y que algunas de ellas describieron su angustia y las dificultades que tenía para reconocer lo que había vivido.

A lo largo de la audiencia, Passarelli sostuvo que la sentencia no explicó de manera suficiente por qué descartó esos elementos y concluyó que existían dudas sobre la acusación.

Ahora el Tribunal de Impugnación deberá decidir si le da lugar o no a los pedidos de anular la sentencia provistos en la jornada de este martes.

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