Publicidad
 
07/10/2025

El Ipross recuperó gastos de cobertura generados por un accidente

Fue causado por un automovilista contra un afiliado, y la obra social provincial pasó factura al dueño del vehículo y una aseguradora.
Fiscalía de Estado actuó en representación de la obra social rionegrina.
Fiscalía de Estado actuó en representación de la obra social rionegrina.

El Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº 13 de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en Viedma, a cargo de Julián Fernández Eguía, acaba de homologar un acuerdo conciliatorio entre el Instituto Provincial del Seguro de Salud (Ipross), un conductor y una aseguradora como consecuencia de un accidente de tránsito.

Leer más: El Ipross recuperará el dinero por gastos médicos tras un choque en la ruta 3

Si bien el hecho ocurrió en 2021, la obra social provincial recurrió a la Fiscalía de Estado para plantear una demanda. Es que la víctima del accidente es afiliado y fue sorprendido cuando se encontraba el 22 de noviembre de ese año por una camioneta.

El damnificado se encontraba en el predio de las canchas de Adeful del Barrio Vivero de Bariloche, precisamente sobre el lateral cerca de un muro de aproximadamente 80 centímetros que se encuentra continuado con alambrado, cuando fue impactado de atrás por la camioneta Toyota Hilux dominio DPO-751.

Como consecuencia del hecho, el hombre  quedó presionado entre el muro y la camioneta, en cuyo interior se encontraba una mujer, y de acuerdo a la investigación judicial el propietario había estacionado la camioneta en forma irregular sobre el lateral de la cancha referida, en un lugar que presenta una pendiente y dejó el vehículo sin las medidas que asegurasen su detención de forma segura.

Luego de ello, la mujer subió al rodado en cuestión por el lado del chofer y de manera imprudente accionó alguno de los mecanismos de frenado del vehículo, provocando que comience a transitar sin estar en marcha hacia el sector de la cancha, en sentido surnorte, y colisione por la espalda a quien es afiliado al Ipross  presionándolo contra el muro que bordea la cancha.

Como consecuencia del impacto, la víctima fue trasladada al Hospital Privado Regional del Sur S.A. Del certificado médico se constató que el afiliado sufrió fractura expuesta de tibia y peroné izquierdo, considerándose lesiones de carácter grave.

El accionar del dueño y la mujer fue tomado como imprudente y antirreglamentario, toda vez que no obraron con el deber de cuidado que exigían las circunstancias al estacionar el vehículo en un lugar que presenta una pendiente y dejarlo sin las medidas de seguridad que asegurarán su frenado de forma permanente, segura y eficaz. (Artículo 29 de la Ley nacional de tránsito Nº 24.449).

A raíz del hecho descrito, se produjeron en la víctima afiliada a la obra social las lesiones y necesidad de cobertura que se acreditaron en sede judicial con lo cual a través de la Fiscalía se consiguió un resarcimiento del propietario y la aseguradora.

Finalmente, el Ipross recibirá una indemnización superior al millón de pesos, dentro de una serie de juicios similares, de acuerdo a lo que pudo saber NoticiasNet de fuentes judiciales, luego de conocerse este último fallo.

¿Qué opinión tenés sobre esta nota?