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06/08/2025

Ordenan desalojar un predio en Viedma tras una larga y tensa disputa judicial

La propietaria original apeló un fallo que le había negado recuperar una parcela ocupada desde hacía años y logró revertir la decisión. Una instancia superior cuestionó los argumentos del demandado y le dio 90 días para irse del lugar.
Fallo contundente del Poder Judicial en Viedma.
Fallo contundente del Poder Judicial en Viedma.

Una extensa disputa judicial por la posesión de un predio ubicado en la zona de la ex ruta nacional Nº 3 de Viedma llegó a un virtual punto final, luego de que la Cámara Civil hiciera lugar a una apelación presentada por una mujer de esta capital.

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El tribunal ordenó que el demandado, y cualquier otro ocupante o intruso, desocupen la parcela en un plazo máximo de 90 días. Caso contrario, el desalojo será ejecutado por la fuerza pública.

El conflicto se remonta a octubre de 2024, cuando el juez de primera instancia había rechazado la demanda de desalojo presentada por la damnificada, en representación de su padre fallecido. En ese momento, se consideró que no estaba probada la sucesión del título.

Sin embargo, la Cámara de Apelaciones —integrada por los jueces Ariel Gallinger, Gustavo Bronzetti y María Luján Ignazi— analizó nuevamente el caso y coincidió en que correspondía revocar aquella decisión. Los fundamentos del voto, elaborado por la jueza Ignazi, destacan varios elementos claves que modificaron el rumbo del caso.

Entre los puntos más relevantes, la mujer sostuvo que la relación inicial con el inmueble se había dado bajo un contrato de locación, y que no podía hablarse de una ocupación “a título de dueño”. Además, advirtió que las construcciones realizadas en la parcela fueron hechas sin autorización, de manera casi clandestina y durante el contexto de pandemia, cuando las restricciones de circulación impedían controlar con frecuencia la propiedad.

También remarcó que el fallo original incurrió en errores jurídicos al interpretar doctrina y jurisprudencia, y consideró ilógico derivar el tema a un juicio de reivindicación cuando estaba probado que el demandado había ingresado al inmueble en 2007 mediante contratos que cesaron en 2015, y fue formalmente intimado a desalojar en 2020.

La Cámara consideró válidos estos argumentos, y además ordenó dar intervención a la Defensoría de Menores e Incapaces, debido a que en el momento en que se inició la causa había menores viviendo en el lugar.

En ese sentido, los jueces remarcaron la necesidad de garantizar que cualquier eventual desalojo forzoso respete las directrices establecidas por el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, para proteger a la infancia en contextos de vulnerabilidad habitacional.

Por último, se resolvió el pago de honorarios para los abogados intervinientes y se dejó pendiente la regulación correspondiente a la primera instancia, hasta contar con una base económica clara.

La sentencia marca un cierre en un conflicto que llevaba años en los tribunales y en el que, finalmente, se le reconoció el derecho a la propietaria de recuperar el inmueble.

El hecho 

El octubre del año pasado, el juez Civil, Leandro Oyola, rechazó la acción de desalojo pedida por la familia damnificada, impuesta desde el año 2021.  Sin embargo, la demandante siguió apelando y pudo constatar la intromisión del demandado. Se trata de un comerciante que se dedica a la actividad de caza de jabalíes con perros.  Uno de los testigos, declaró que conoce al señor desde hace años, que él lo entrenaba y que luego siguieron manteniendo una relación.

Sostuvo que el nombrado vive al lado del terreno de quien fuera su suegro, identificó el lugar y dijo que vive allí hace 20 o 22 años. Destacó que lo conoció en esa época. Dio cuenta del estado del predio y de la casa que había en el lugar.  En igual sentido, aludió que el demandado dejó a sus feroces perros en el predio, sin dejar que nadie pase la tranquera de la entrada. 

Se expresó acerca de que ha visto construcciones y que la chacra está más limpia y ordenada, aunque ahora la Justicia fue clara: su posesión fue ilegal. 

En primera instancia, este sujeto había abonado un alquiler con el hombre fallecido en 2007, en 2009 y en 2013 y dejó de pagar a partir de 2015. 

La valiente decisión que emprendió la familia propietaria fue larga desde lo judicial y también sufrió represalias. Casualmente en el marco de las actuaciones, apareció incendiado el vehículo de la accionante, aunque nunca se pudo acreditar la autoría del hecho y que esté vinculado al proceso judicial. 

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