Publicidad
 

VIEDMA

|
27/11/2024

Autorizan a una niña a competir en el exterior mediante un fallo judicial

Un juzgado de Familia aceptó un pedido de la madre porque el padre está preso.
La autorización es para viajar a Colombia en representación del país.
La autorización es para viajar a Colombia en representación del país.

La madre de una deportista de esta ciudad se presentó ante el Juzgado de Familia N° 5, a cargo de Ana Carolina Sccocia, promoviendo una demanda destinada a obtener la autorización judicial para que su hija menor de edad pueda salir del país y participar de los XXVIII Juegos Sudamericanos Escolares a realizarse entre el 2 de diciembre y el 9 de diciembre en Colombia.

Lee también: https://www.noticiasnet.com.ar/noticias/2024/11/26/167967-un-fallo-judicial-dispuso-mantener-la-tutela-de-un-abuelo-sobre-sus-nietas

Refirió que se presentaba como representante legal de la niña acreditando que el progenitor se encuentra cumpliendo una condena firme y efectiva de siete años y medio en el Penal N° I de esta ciudad de Viedma, y que además el viaje es organizado por la Subsecretaría de Deportes de la Secretaría de Deportes la Nación en representación de la Argentina.

La magistrada analizó el caso a la luz de las disposiciones del artículo 645 inc. "c" del Código Civil y Comercial, el cual establece que entre los supuestos que requieren el consentimiento expreso de ambos progenitores, si el hijo tiene doble vínculo filial, la autorización para salir de la República o para el cambio de residencia permanente en el extranjero, mientras que el último párrafo de dicho artículo dispone que cuando el acto involucra a hijos adolescentes, es necesario su consentimiento expreso.

Consideró que el código distingue los actos que hacen a la cotidianidad de la vida de los hijos de aquellos que involucran decisiones de gravedad o, al menos que por tenor importan decisiones de peso o trascendentes para la vida de los hijos. Debe destacarse que los supuestos que contempla el inciso son diferentes (entre salir del país o radicarse en el extranjero). Entonces, la autorización de egreso del país debe ser específica: en cada circunstancia y oportunidad en que el hijo menor de edad sale del país deben señalarse todas las circunstancias de tiempo, lugar, país o países,

Que en mérito a lo dicho, las razones invocadas por la peticionante, la expresa voluntad de ambos progenitores de permitir que la niña pueda viajar en compañía del sr. B.A.V. como adulto responsable de su cuidado y de su integridad psicofísica (una vez emprendido el viaje fuera de esta localidad y hasta su retorno), “me convencen de la pertinencia de otorgar la autorización requerida y con ello que tenga la oportunidad de poder competir e integrarse a una delegación nacional, así como de conocer otras realidades y culturas en relación a la finalidad de cooperación para el desarrollo de la cultura física, la recreación y el deporte para todos, como también promover el intercambio de información y de experiencias con propósitos de integración e intercambio cultural, que dicho evento persigue”, interpretó. 

En virtud de ello y con gran cantidad de antecedentes a la vista en su despacho, Scoccia  hizo lugar al pedido de la madre otorgando la autorización para el periplo que realizará junto a un profesor de la institución que representa, según surge de una sentencia difundida por el Poder Judicial de Río Negro.

¿Qué opinión tenés sobre esta nota?