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VIEDMA

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01/08/2024

Intiman a una familia a desalojar un pequeño caserío por usurpación

Tiene 90 días para buscarse otro lugar, según un fallo judicial.
Intiman a una familia a desalojar un pequeño caserío por usurpación
Intiman a una familia a desalojar un pequeño caserío por usurpación

Una verdadera novela de conventillo se está viviendo en el barrio Fátima como consecuencia de que la propietaria de una edificación ubicada en 7 de Marzo al 1000, y radicada en La Plata, recibió un baldazo de agua fría al haber confiado en un cuidador.

Éste pretendió armar una pequeña inmobiliaria a costillas de la dueña y la suerte le resultó esquiva con perjuicio para terceros involucrados que vivían allí desde hace varios años, según el contenido de un expediente judicial.

Si bien el cuidador llevaba cinco años en el lugar, la justicia civil de esta ciudad tomó conocimiento del caso cuando la mujer decidió viajar desde la capital bonaerense para presentarse el 15 de marzo del año pasado interponiendo una acción de desalojo, señala el trámite difundido en el sitio web del Poder Judicial rionegrino.

En esa fecha de 2023 se presentó la propietaria promoviendo una acción de desalojo por intrusión contra una joven ocupante o terceros en el mencionado domicilio, esgrimiendo documentación de ser heredera de una conocida familia del barrio y recordando que su padre vivió allí desde 1967 hasta 2009 cuando falleció.

Tomando en cuenta que desde 1987 vive en La Plata efectuó varios viajes entre 2011 y 2012 a fin de hacerse cargo del cuidado del inmueble aclarando que mientras vivía su padre se habían construido en el predio “piezas/habitaciones” que las arrendaba en forma temporaria. Entre esas habitaciones alquilaba un señor desde el año 2006, quien era amigo del padre.

En razón de dicha relación, la dueña tomó como vínculo al amigo del padre disponiendo que continúe viviendo en la habitación alquilada con el compromiso a hacer transferencias de los cánones a La Plata, y para evitar mayores inconvenientes para ella con la atención del inmueble desde su ciudad de residencia, optó por acordar con que este inquilino, y a la vez amigo del padre, se encargue del cuidado de la propiedad principal y llegado el caso, de administrar la locación de las habitaciones mencionadas.

La relación entre la dueña y el encargado se mantuvo sin problemas de parte de ella, mediante llamadas telefónicas hasta que fue informada que había movimientos extraños en la casa. Por tal razón en julio de 2021 decidió presentarse en el lugar y allí descubrió que el “inquilino-amigo del padre” se había aprovechado de la relación de confianza que tenían y se había mudado a la casa principal.

Allí había establecido su domicilio principal y ocultándole que había gente que se había introducido en las otras habitaciones. En ese momento, el encargado argumentó que se había trasladado a la casa principal arguyendo que el motivo “eran numerosas usurpaciones que ocurrían en la ciudad”.

La mujer siguió recorriendo su propiedad descubriendo que en las habitaciones del inmueble había otras personas, de las cuales reconoció a una joven, con quien intentó concretar una mediación para llegar a un acuerdo. Asimismo, logró sacar del inmueble al encargado pero las personas del fondo no lo hicieron en iguales términos, “sino que hubo actos de violencia por lo que la dueña regresó a La Plata”, se indicó en el expediente judicial.

Si bien la mujer volvió a Viedma a fines de 2022 para iniciar una nueva negociación de desalojo con la joven y su familia, estas personas opusieron resistencia y no tuvo más remedio que solicitar el desalojo, aunque el titular del Juzgado Civil N° 3, Leandro Oyola, escuchó a la inquilina y en ese momento tomó conocimiento de que esta joven hacía 10 años que vivía allí por acuerdo con el “encargado” y si bien admitió que “no tengo el consentimiento de la propietaria” tras lo cual confesó que ingresó allí a través de un arrendamiento acordado con el “encargado” quien según la joven “cumplía la función de administrador del lugar”.

También denunció que hubo un quiebre con el “administrador” cuando éste no habría abonado el alquiler a la dueña, y que “con posterioridad, en el año 2022, se produjo una situación en la cual (este hombre) intentó echarla del lugar, a lo que se resistió, ya éste le habría dicho a la dueña que no le pagaba porque el lugar estaría deshabitado cuando en realidad omitió remitir los alquileres.

Asimismo, relató que con la llegada de la dueña ella continuó en el lugar con su autorización, sin pagar, con la consigna de cuidarlo de posibles usurpadores sin que la actora le solicitara canon alguno. No obstante ello, se sorprendió al recibir de parte de la actora una notificación de mediación. Incluso llegó a ofrecerle, en dicha instancia, la suma de 50.000 pesos en concepto de canon locativo, a lo cual la actora rehusó.

Frente a esta circunstancia, Oyola argumentó –en el marco de un profuso análisis- que “no puedo soslayar lo que ha dicho, en este sentido, la doctrina. Ello así toda vez que parte importante de este tipo de procesos es evaluar si, quien efectúa un reclamo como el desalojo se encuentra ciertamente legitimado para hacerlo”.

Cómo será la salida

El magistrado resolvió   a que en el plazo de 90 días de notificada la presente, desocupen el inmueble bajo apercibimiento de desobediencia judicial y de ordenar su desahucio por intermedio de la fuerza pública. Librar oportunamente oficios a la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF), al Ministerio de Desarrollo Social, Ministerio de Desarrollo Humano y Articulación Solidaria, y de la Secretaría de Desarrollo e Integración social del Municipio de Viedma a fin de que se arbitren las medidas necesarias y concretas para resguardar los derechos que asisten a los niños involucrados en el trámite.

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