Publicidad
 
18/10/2019

El Municipio intima a quienes dejan sus vehículos abandonados

Hasta la fecha fueron 39 los titulares intimados por la comuna, de los cuales 30 fueron retirados y una abandonado voluntariamente.
El Municipio intima a quienes dejan sus vehículos abandonados
El Municipio intima a quienes dejan sus vehículos abandonados

Por Nelson Namuncurá.
[email protected]
Fotos: Dirección de Tránsito.


Tras la reglamentación y puesta en marcha de la ley provincial 14.547, la Municipalidad de Patagones comenzó a retirar los vehículos abandonados en la vía pública, así como también a disponer de los acumulados en depósitos municipales.


En conversación con Noticias, el director de Tránsito, Esteban Tellería, comentó que desde la puesta en marcha de la normativa han sido intimados 39 propietarios de vehículos, de los cuales 30 fueron retirados de la vía pública, además de registrarse el caso de una persona que por voluntad propia decidió abandonarlo, por lo que se le condonaron las deudas.

Consultado al respecto, el funcionario comentó que ‘la ley 14.547, la legislatura bonaerense la hizo para poder ir sobre los vehículos que están en situación de abandono y también para todos aquellos retenidos preventivamente a causa de infracciones de tránsito que estén por un periodo mayor de seis meses en el predio donde hayan sido destinados‘.

La ley estaba vigente, ‘pero no reglamentada en el partido de Patagones, que es lo que se hizo. La ley delega las facultades provinciales en cada Ejecutivo municipal. En el caso nuestro en abril de este año comenzamos a trabajar en la ley y en junio quedó reglamentada‘.

Procedimiento 

La normativa, explicó, ‘establece un procedimiento que implica la intimación mediante acta de inspección de los vehículos que están en situación de abandono en la vía pública‘. 


Al respecto, señaló que ‘no es solamente detectar el abandono, sino también visualizar a un vehículo que esta hace tiempo en la calle. Nos damos cuenta porque suele haber suciedad debajo‘.

Esta norma, afirmó, ‘se circunscribe a lo que marca la Ley Nacional de Tránsito que prohibe que cualquier vehículo esté estacionado en la vía pública por más de cinco días. De esta manera podemos ir con estas intimaciones‘.

Al preguntarle por la metodología, explicó que ‘una vez hecha la intimación el propietario registral del vehículo tiene diez días para, por voluntad propia, remover el vehículo. En caso de no hacerlo el Estado municipal está autorizado a ir con una grúa u otro medio mecánico para hacer la remoción y llevarlo a un espacio que se determina con tal efecto‘.

En Patagones, señaló, ‘tenemos intimados, a la fecha, 39 vehículos. Retirados de la vía pública llegamos a los 30, todos han sido retirado los mismos dueño, solo tuvimos un caso, previsto por la ley, en donde el titular voluntariamente lo abandona. A esa persona se le condonan las deudas que tenga el rodado, por ejemplo de patentes‘.

En cuanto a los autos, al preguntarle qué se hace. Explicó que con ese vehículo, que muchas veces está muy deteriorado, lo que puede hacerse es destinarlo a compactación, para el uso que determine el Estado municipal o bien, ser rematado en subasta pública‘.
Con respecto a la compactación, Tellería explicó que ‘la restricción que tenemos es que tiene que estar habilitada por la provincia de Buenos Aires‘. 

Predio 

En cuanto al predio que dispone la Municipalidad, expresó que ‘por ahora como hemos tenido pocos vehículos, el predio destinado en el Parque Industrial cuenta con buen espacio. Además, todavía estamos en tiempo para intimar a los titulares para que los retiren, previo pago de multas. Pasado el plazo si no se presentan, el Municipio puede decir qué hacer, compactación, uso municipal o subasta pública‘.


Sobre los relevamientos que realizan, el funcionario municipal explicó que ‘los vamos haciendo sobre el día a día. Detectamos vehículos en la calle, lo registramos y después procedemos a la intimación, es un procedimiento ni lento, ni rápido, pero ordenando‘.

Y añadió que ‘si es ordenado, esto sale bien y no sale perjudicado el estado municipal financieramente‘.

En este orden, explicó que ‘distingo los seis meses para autos retenidos preventivamente por infracción de tránsito, de los que están en abandono en la vía pública, a los cuales se los registra, se hace un acta de intimación y si no se da con el propietario se busca testigo, se deja el acta pegada en una ventanilla y se espera los diez días que marca la ley. Si no fue retirado de la vía pública se procede a la remoción y traslado‘.

En el caso de que el vehículo registre infracciones de tránsito, ‘antes de ser retirado debe pagar esas multas y además el traslado del vehículo hasta el predio municipal‘.

La puesta en marcha de la normativa tiene que ver con varias cuestiones, en tal sentido Estaban Tellería explicó que ‘una de ellas es por la seguridad vial, por ejemplo, en la calle Sor Vallese, en Villa Lynch, que fue la primera que atacamos, desde Soulin hasta Luis Py, que es angosta, los autos abandonados dificultaban mucho la circulación, ahora si alguien va a ese sector podrá comprobar que la circulación es normal‘.
 
Demanda

Al referirse a la normativa reglamentada, el subsecretario de Seguridad Ciudadana, Sandro Pino, afirmó que “lo que buscamos por medio de la ley 14.547 es dar respuesta a una demanda histórica del partido de Patagones. Hoy podemos afirmar que ya empezaron a recolectarse los vehículos abandonados”.

En este marco, Pino añadió que “la tarea continuará hasta que las calles del partido de Patagones sean transitables y todo aquello en contra de la ley será alcanzada por la misma ley”.

Por otra parte, remarcó que “la ley 14.547 no da la potestad de resolver esta demanda de los vecinos del partido de Patagones”.

En cuanto a la ley, el subsecretario de Seguridad informó que “es de aplicación a los vehículos que se encuentren en depósitos municipales o de terceros a causa de: Infracciones de tránsito o faltas cuya aplicación corresponda a los Municipios de acuerdo con la legislación vigente.

También alcanza a los vehículos que se encuentran “en lugares de dominio público” y “en estado de deterioro, inmovilidad o abandono que impliquen un peligro para la salud, el medio ambiente o la circulación vehicular”.

Quedan expresamente excluidos de la Ley los vehículos involucrados en causas penales o cuyo motor o chasis se encuentren adulterados.

A los fines de la presente Ley se entiende por Vehículo a todo automóvil, camioneta, camión, ómnibus, carretón, motocicleta, ciclomotor, cuatriciclo, conforme las prescripciones que marca la Ley Nacional Nº 24.449.