07/07/2020

Quieren saber qué paso con el caso Mónica Badillo

El tema fue abordado por concejales quienes decidieron solicitar información al Ejecutivo Municipal.

Quieren saber qué paso con el caso Mónica Badillo

La comisión de Asuntos Legales del Honorable Concejo Deliberante de Patagones solicitaron al Ejecutivo Municipal información sobre las acciones que se llevaron adelante en relación a la denuncia de violencia de laboral presentada oportunamente por Mónica Badillo.

Con tal objetivo se envió una nota dirigida al presidente del HCD, Julio Costantino, para que eleve el planteo al intendente José Zara.

El planteo                                       

En la misiva expresan: “Por la presente, los concejales integrantes de la Comisión de Asuntos Legales, solicitamos a usted que por su intermedio, inste al Sr. Intendente José Luis Zara a informar sobre las acciones que se llevaron a cabo desde el Departamento Ejecutivo, con respecto a la nota presentada por la ex Directora de Cultura, Sra. Mónica Badillo con fecha  de ingreso el día 13 de Marzo del corriente año; en la cual presenta la renuncia a sus funciones, denunciando “violencia laboral”  por parte del Secretario de Hacienda Sr. Telleria Ricardo”.

En este aspecto, los ediles recordaron “la vigencia de la Ley 26. 485, denominada  "Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales", la cual define violencia”.

En su Artículo cuarto la norma establece que “se entiende por violencia contra las mujeres toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal. Quedan comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes”.

Asismismo, sostiene que “se considera violencia indirecta, a los efectos de la presente ley, toda conducta, acción u omisión, disposición, criterio o práctica discriminatoria que ponga a la mujer en desventaja con respecto al varón".

En tanto, en su artículo 6, define "Violencia laboral": "c) Violencia laboral contra las mujeres: aquella que discrimina a las mujeres en los ámbitos de trabajo públicos o privados y que obstaculiza su acceso al empleo, contratación, ascenso, estabilidad o permanencia en el mismo, exigiendo requisitos sobre estado civil, maternidad, edad, apariencia física o la realización de test de embarazo”.

Finalmente remarcaron que “constituye también violencia contra las mujeres en el ámbito laboral quebrantar el derecho de igual remuneración por igual tarea o función. Asimismo, incluye el hostigamiento psicológico en forma sistemática sobre una determinada trabajadora con el fin de lograr su exclusión laboral".

 

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