21/05/2019

Declararon culpable al médico que negó un aborto a una mujer violada

Fue considerado culpable del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público.

Declararon culpable al médico que negó un aborto a una mujer violada
Anahí Cardena - LMCipolletti
Anahí Cardena - LMCipolletti

Finalmente durante la mañana de este martes, el juez  Álvaro Meynet  declaró culpable al ginecólogo cipoleño, Leandro Rodríguez Lastra,  por haber obstruido un aborto no punible en el hospital de Cipolletti a una joven de 19 años víctima de una violación.

En los próximos días el juez  informará la pena que puede ser de hasta 2 años de prisión en suspenso e inhabilitación para ejercer la medicina.

El juicio inició el 13 de mayo pasado y tuvo tres audiencias testimoniales y una de alegatos. El propio ginecólogo abrió y cerró el debate con sus palabras, mientras que la víctima declaró como testigo en la primera audiencia y a puertas cerradas.

Según los hechos, la joven ingresó el 2 de abril del 2017 al hospital cipoleño luego de haber consumido pastillas de Oxaprost con un proceso abortivo en curso. Días antes las profesionales del hospital de Fernández Oro habían solicitado la derivación a Cipolletti para interrumpir el embarazo, pero el ginecólogo exigió un informe psiquiátrico, un requisito no establecido en la ley, por lo que se interpretó como una negación a la asistencia sanitaria.

Permaneció dos meses y medio internada en Cipolletti a la espera de la interrupción que nunca llegó. Según expresó la legisladora Marta Milesi, quien impulsó la denuncia, la joven estuvo retenida contra su voluntad para que pueda dar a luz al bebé.

La joven fue sometida a una cesárea y el bebé dado en adopción de forma inmediata. Ella sufrió un daño irreparable en su psiquis que la llevó a cuadros graves de anorexia nerviosa e intentos de suicidio.

El Ministerio Público Fiscal estuvo presidido por Santiago Márquez Gauna y Anabela Camporesi, quienes afirmaron en su acusación que “el ginecólogo hizo todo lo posible para no hacer la ILE pese a que en ese entonces no era objetor de conciencia”, por lo que lo definieron como un obstructor.

Fuente: LM Cipolletti

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