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22/08/2026

Golpiza y gas pimienta en la cárcel de Viedma: corrigieron la condena de un penitenciario

El fallo había impuesto tres años de prisión en suspenso, pero al final se redujo esa pena. Los detalles.
Dos penitenciarios cometieron "vejaciones" contra un interno del Penal 1 de Viedma. Foto archivo NoticiasNet.
Dos penitenciarios cometieron "vejaciones" contra un interno del Penal 1 de Viedma. Foto archivo NoticiasNet.

La Justicia rionegrina corrigió una sentencia dictada apenas un día antes en una causa por "vejaciones" contra dos agentes del Servicio Penitenciario Provincial de Viedma. El error estaba en la pena impuesta a uno de los condenados: el penitenciario había recibido tres años de prisión condicional, cuando el Ministerio Público Fiscal había solicitado dos.

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La rectificación fue dispuesta por el juez de juicio Ignacio Gandolfi, quien presidió el tribunal unipersonal que intervino en el debate. La nueva resolución no modificó la declaración de responsabilidad penal ni los hechos que se consideraron probados: los dos penitenciarios continúan condenados por el delito de vejaciones, en carácter de coautores.

Lo que cambió fue exclusivamente la pena de uno de ellos, que quedó establecida en dos años de prisión de cumplimiento condicional, además de la inhabilitación especial para cumplir funciones de guarda y custodia de personas y portar armas de fuego.

La explicación aparece en la resolución rectificatoria fechada este miércoles 19 de agosto. El propio Gandolfi advirtió que, durante el juicio, el Ministerio Público Fiscal había solicitado dos años de prisión de ejecución condicional. Esa fue, por lo tanto, la pretensión punitiva concreta sostenida por la acusación.

Sin embargo, al dictar la sentencia el 18 de agosto, el magistrado estableció una pena de tres años de prisión condicional, es decir, un año más de lo que había solicitado la Fiscalía. Al detectar el error, Gandolfi resolvió corregir la sentencia de oficio.

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La resolución explica que en un sistema acusatorio la acusación delimita el ámbito dentro del cual puede actuar el tribunal al momento de condenar. Por eso, el juez consideró que la pena de tres años había excedido el límite impuesto por la propia acusación. “No se reduce la pena porque el Tribunal considere ahora que la anterior era excesiva; se la reduce porque la pena anterior excedió el límite de la jurisdicción determinado por la acusación”, explicó el magistrado.

La causa se originó por un hecho ocurrido el 5 de septiembre de 2025 dentro del Complejo Penal 1 de Viedma. Según la plataforma fáctica de la acusación, los dos golpearon a un interno en distintas partes del cuerpo y, posteriormente, lo llevaron a las celdas de aislamiento, donde le habrían arrojado gas pimienta en los ojos y vuelto a golpear.

La investigación describió lesiones en ambos ojos, el rostro, uno de los brazos, la zona torácica, el abdomen, una rodilla y una pierna, por lo que se los encontró culpable de “vejaciones”.

De esta manera, la sentencia mantiene su núcleo central: ambos agentes fueron declarados culpables por las vejaciones sufridas por el interno. La corrección posterior solo modificó el monto de la pena de uno de los condenados, que pasó de tres a dos años de prisión condicional.

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