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18/06/2026

Apelaron la condena contra un pai umbanda que estafó a una pareja

Gonzalo Jacob siguió la audiencia por Zoom, ya que alegó no tener plata para venir hasta Viedma. Cuáles fueron los puntos controvertidos por sus defensores.
Audiencia de impugnación con los dos defensores de Gonzalo Jacob, y en una mesa separada, se presentó la fiscal Paula De Luque. Fotos NoticiasNet.
Audiencia de impugnación con los dos defensores de Gonzalo Jacob, y en una mesa separada, se presentó la fiscal Paula De Luque. Fotos NoticiasNet.

A mediados de marzo se dispuso una condena de un año y ocho meses de prisión contra Gonzalo Matías Jacob, un conocido "pai umbanda" que utilizó su rol de referente religioso para engañar a una mujer y a su pareja. En 2023, en calidad de gestor, simuló tener vínculos con una conocida escribana de Viedma para tramitar la cesión de derechos sobre un departamento. Para tal fin, utilizó documentos falsos y una firma falsa de la escribana, buscando obtener un rédito económico. En este sentido, engañó a la mujer que lo tenía como su guía espiritual con 25.000 pesos.

Leer más: Cuál es la condena que recibió el “pai umbanda” por las estafas realizadas en Viedma

El tribunal de juicio, compuesto por Marcelo Chironi, Guillermo Bustamante y Carlos Reussi, ordenó un año y ocho meses de prisión efectiva, porque ya tiene antecedentes parecidos. Sin embargo, la sentencia no dejó conforme ni a sus defensores ni a la Fiscalía, puesto que sus letrados pidieron el mínimo legal de seis meses y el Ministerio Público intentó una pena de cinco años.

Ahora, el caso pasó a la etapa de instrucción del Tribunal de Impugnación. Frente a los jueces María Rita Custet Llambi, Miguel Ángel Cardella y Carlos Mussi, la defensa cuestionó duramente la resolución dictada el 17 de marzo de 2026, mientras que la Fiscalía defendió la validez de la condena y sostuvo que la maniobra fraudulenta quedó plenamente acreditada durante el juicio.

El abogado Adrián Zimmermann pidió la revocación de la sentencia al sostener que existieron inconsistencias en la valoración de la evidencia presentada durante el debate. Según explicó, el conflicto se originó en una operación vinculada a una vivienda compartida entre la mujer víctima y su pareja, quienes compartían la titularidad del inmueble de la discordia. Ella quería tener la casa únicamente a su nombre, mientras que el hombre quería desprenderse del bien para acceder a un plan de vivienda, dos proyectos que quedaron truncos a partir de esta estafa.

Durante su exposición, Zimmermann remarcó que la escribana involucrada en la operación nunca certificó la firma del documento cuestionado y sostuvo que la propia documentación presentada evidenciaba irregularidades ajenas a su defendido. Además, puso en duda uno de los puntos centrales de la acusación: la entrega de los 25 mil pesos que habrían formado parte de la maniobra. "No hay una extracción de dinero que acredite el monto del que se habla", sostuvo la defensa.

Adrián Zimmermann, abogado de Jacob, detalló varios puntos de controversia durante su exposición de media hora. 

 

A esos cuestionamientos se sumó el abogado Adrián Dvorzak, quien fue aún más directo y aseguró que "el tribunal no fue ecuánime" al momento de analizar el caso y que no tuvo en cuenta a testigos propuestos por la representación legal de Jacob.

La fiscal Paula De Luque rechazó los planteos defensivos y respaldó la sentencia dictada en primera instancia. Durante la audiencia reconstruyó el contexto en el que se produjo la operación que terminó en la denuncia penal y acusó a los letrados de Jacob de forzar cuestiones genéricas para revocar el fallo.

Durante la audiencia reconstruyó el contexto en el que se produjo la operación que terminó en la denuncia penal. Explicó que el ex marido de la víctima, trabajador de Vialidad Provincial, y la damnificada principal, quien realizaba cursos de costura y contaba con ingresos limitados, se llevaban mal, pero se concentraron en resolver la situación habitacional del departamento ubicado en el barrio Guido.

Según la acusación, Jacob mantenía una estrecha relación de confianza con Bejarano, a quien conocía desde hacía años en el marco de actividades vinculadas a la religión umbanda. La fiscal también cuestionó la estrategia defensiva al afirmar que intenta instalar que la operación se realizó "en negro" para restarle gravedad a los hechos.

"La defensa fuerza esa expresión para dar a entender que existía alguna ilegalidad previa, cuando no fue así", sostuvo De Luque. De acuerdo con la reconstrucción realizada por la Fiscalía, las dudas comenzaron cuando la pareja de la víctima detectó inconsistencias en la documentación presentada para concretar la cesión de derechos de la vivienda. Ante esas sospechas decidió consultar a la escribana a la cual pertenecía la firma apócrifa, quien desconoció tanto su sello como la documentación utilizada.

Ese episodio derivó en la denuncia penal de la profesional y posteriormente en una investigación que incluyó allanamientos realizados en diciembre de 2023. Para la Fiscalía, esos elementos permitieron demostrar la existencia de una maniobra fraudulenta vinculada a documentación falsa y no surge controversia alguna de la acción delictiva.

De izquierda a derecha: Miguel Ángel Cardella, María Rita Custet Llambi y Carlos Mussi, los jueces encargados del Tribunal de Impugnación. 

 

Con los argumentos de ambos partes ya expuestos, el Tribunal de Impugnación deberá resolver si confirma la sentencia o si hace lugar a alguno de los planteos realizados por la defensa. La decisión será observada con atención, ya que podría modificar el rumbo de una causa que generó fuerte repercusión.

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