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27/05/2026

Rechazó un préstamo bancario y sorpresivamente se lo otorgaron igual: qué dijo la justicia

El incidente se registró en una sucursal bancaria de Viedma y luego actuó la justicia civil de Río Negro ante una denuncia en Defensa del Consumidor.
El cajero no tiene la culpa y con el correr del tiempo, el propio banco vació su cuenta y bloqueó tarjetas. Foto archivo.
El cajero no tiene la culpa y con el correr del tiempo, el propio banco vació su cuenta y bloqueó tarjetas. Foto archivo.

En un hecho poco común que llamó la atención en el ámbito judicial y financiero, un cliente de una sucursal bancaria en Viedma vivió una experiencia inesperada: rechazó un préstamo, pero el crédito le fue otorgado de todos modos.

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De acuerdo a la denuncia que llegó a la Unidad Jurisdiccional Civil Nº 3, a cargo del juez Leandro Oyola de la Primera Circunscripción Judicial, el dolor de cabeza para el cliente comenzó el 8 de febrero del año pasado cuando a través del sistema de Homebanking del canal, realizó una simulación de préstamo personal o re- financiación de productos y, contemplada la información respecto a la financiación, cuotas e intereses, decidió no aceptar dicho contrato e inmediatamente presionó el botón de arrepentimiento.  

Al gestionar el arrepentimiento, el banco le informó que el préstamo no se vio reflejado en la cuenta, indicándosele desde la entidad crediticia que consulte los movimientos y cuando se acredite cargue nuevamente la gestión.

El 13 de febrero del mismo año volvió da gestionar el arrepentimiento dado de que se le acreditó un monto de refinanciación por un total de 11.284.505 pesos y automáticamente se debitaron todas las obligaciones que tenía.

Al día siguiente le llegó un correo electrónico donde el banco le informó que la financiación había sido aprobada que, los productos incluidos como las tarjetas de crédito fueron dadas de baja y que la primera cuota vencía el 15 de febrero del mismo año.

Ante esta situación, el 17 de febrero volvió a activar el botón de arrepentimiento y el mismo día la institución le indicó que, el préstamo no pudo cancelarse, su cuenta no tenía fondos y que, para la cancelación, se haga presente en la sucursal.

Sin embargo, volvió a tomar otro trago amargo. Es que al dirigirse a la filial, inició el trámite de revocación en forma manual y una empleada le indicó un numero de WhatsApp para comunicarse sin haber obtenido respuesta a sus mensajes los días posteriores al pequeño conflicto que tuvo que atravesar.  

Al momento de iniciar el reclamo administrativo y judicial, en los términos de la Ley de Defensa del Consumidor Nº 24.240, se encontraba con la cuenta en cero, con las tarjetas de crédito bloqueadas, sin posibilidad de girar en descubierto y con la cuota de refinanciación vencida.

En torno a esta cuestión, el magistrado hizo lugar a la demanda interpuesta por el cliente declarando válido el ejercicio de derecho de revocación efectuado por el actor y conforme artículo 1.114 del Código Civil y Comercial (CCyC).

En consecuencia, condenó a la entidad crediticia a que en el plazo de 10 días indemnice por más de 11 millones de pesos en conceptos de daños moral y punitivo, demandando intereses, aunque el monto original es de una suma similar al crédito que no solicitó nunca.

 

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