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06/10/2025

La ANMAT prohibió una lavandina, cosméticos y equipos estéticos

Los productos eran vendidos sin registro sanitario ni datos claros sobre su procedencia.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ha tomado medidas drásticas para salvaguardar la salud de la población. En una maniobra contundente, anunciada a través del Boletín Oficial, se decidió prohibir una variedad de productos de limpieza, cosméticos, y equipos estéticos que, hasta la fecha, operaban sin la autorización requerida o cuya procedencia era irregular. Las acciones de ANMAT buscan proteger el bienestar de los consumidores frente a los posibles riesgos de utilizar artículos que no cumplen con las regulaciones vigentes y cuya calidad o seguridad no pueden garantizarse.

En el centro de esta operación se encuentra la disposición 7352/2025, que ordenó la retirada de mercado de diversas aguas lavandinas y detergentes. Esta decisión surgió a raíz de una investigación minuciosa por parte del Servicio de Domisanitarios, motivada por una denuncia. Durante esta investigación, se descubrió que los productos no estaban correctamente inscritos en ANMAT y carecían de establecimientos habilitados para su fabricación. Las etiquetas de estos artículos, que pretendían certificar su legitimidad, presentaban números de series inexistentes y direcciones que no pudieron ser autentificadas.

Las investigaciones incluyeron un exhaustivo rastreo en redes sociales, donde se observaron promociones dudosas de estos tipos de productos, además de consultas a la autoridad sanitaria de Buenos Aires, que confirmó la falta de documentación referente al registro de la empresa fabricante ni de sus artículos. Consecuentemente, ANMAT decretó la prohibición de elaboración, comercialización, y publicidad de toda la línea de productos bajo la marca Limpimax hasta que cumplan con los requisitos legales.

 

 

Otro caso que captó la atención de ANMAT fue el caso de la disposición 7322/2025. Aquí, los agentes identificaron varios productos de alisado capilar, de la marca T’ecnoliss, ofrecidos en un comercio en Ramos Mejía sin la debida inscripción sanitaria. Estos incluían diversas fases de alisado y plásticos capilares, todos carentes de autorización de ANMAT. El temor reside en el potencial uso de formol como alisante, una sustancia cuyo peligrosidad es bien conocida, debido a sus propiedades irritantes y riesgos cancerígenos. Por ello, el uso y venta de estos artículos fue prohibida de inmediato en Argentina.

En un tercer golpe a las prácticas ilícitas, la disposición 7353/2025 se enfocó en un equipo estético para tratamientos faciales y corporales en Chubut. Durante una inspección colaborativa entre ANMAT y el Ministerio de Salud de dicha provincia, se identificó un dispositivo marcado sin comprobantes de procedencia ni registro de importador. A pesar de estar supuestamente bajo el amparo de Sirex Médica S.A., la compañía negó cualquier implicación o venta de estos equipos. Ante estas inconsistencias, ANMAT ordenó la prohibición total del uso, comercialización, y distribución del equipo "Soprano Ice – Alma" por su condición ilegítima.

Esta serie de medidas, firmadas por la administradora Nélida Agustina Bisio, subrayan la determinación de ANMAT en garantizar la seguridad y conformidad de los productos accesibles a los ciudadanos. Como parte de su protocolo de acción, las resoluciones fueron comunicadas a las autoridades sanitarias locales y nacionales, reforzando así su compromiso para con la salud pública y el estricto cumplimiento de las normativas vigentes.

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