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06/08/2025

La venta de una combi terminó en juicio: condenaron en Viedma al deudor

Está involucrado un club deportivo y derivó en una demanda por daños y perjuicios.
Poder Judicial de Viedma.
Poder Judicial de Viedma.

Una Renault Trafic, modelo 1987, fue el centro de un conflicto judicial que terminó con una condena firme contra el comprador. El caso generó más de una controversia entre los protagonistas en virtud de que involucra a una institución deportiva, en un conflicto que comenzó a escalar desde 2021 y encima el vehículo había sido donado por Vialidad Nacional.

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Todo se remonta a una operación de compraventa entre el Club Social y Deportivo Lavalle involucrando a un directivo de la entidad. El acuerdo incluía el pago del vehículo en cuotas, pero al no cumplirse con el total pactado, la institución decidió avanzar por la vía judicial.

El reclamo fue presentado formalmente en 2024 y derivó en un juicio por daños y perjuicios. En octubre de ese año, la jueza de primera instancia hizo lugar a la demanda y condenó al directivo a pagar 466.129 pesos, más intereses, honorarios y costas judiciales. La sentencia no quedó firme de inmediato, ya que el demandado presentó un recurso de apelación.

En su descargo, el directivo sostuvo que el presidente del club, Fabio Cabrera, no tenía legitimidad para accionar judicialmente en nombre de la institución. Afirmó que había actuado a título personal y que por lo tanto el reclamo debía ser rechazado.

También aseguró que la totalidad del monto había sido abonada entre diciembre y marzo, y que existían pagarés que fueron destruidos al completarse el pago. Incluso indicó que la camioneta fue transferida a su nombre, lo que demostraría que la operación había sido cerrada.

Sin embargo, la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, de Familia y Contencioso Administrativo de Viedma desestimó todos los argumentos. En su análisis, los jueces María Luján Ignazi, Gustavo Bronzetti Núñez y Ariel Gallinger consideraron que el recurso interpuesto por el directivo no cumplía con los requisitos mínimos para revisar el fallo de fondo.

Si bien reconocieron que la presentación fue hecha en tiempo y forma, no se acreditaron errores jurídicos graves ni se ofrecieron pruebas suficientes que desvirtuaran la decisión anterior.

El tribunal remarcó que la sentencia había sido debidamente fundada y que no se habían vulnerado los derechos del demandado durante el proceso. Además, se desestimó el planteo sobre la legitimidad del club para iniciar la demanda, dejando en claro que los documentos presentados eran válidos y que el reclamo había sido impulsado en representación de la entidad.

Finalmente, se resolvió declarar inadmisible el recurso, confirmar la condena y devolver el expediente al juzgado de origen para continuar con la ejecución de la sentencia.

Condena anterior

El club sostuvo en la presentación judicial que, en cumplimiento de una decisión asamblearia, se llevó a cabo la venta del vehículo, suscribiéndose un boleto de compraventa donde se estableció un pago inicial de 120.000 pesos, entregado en noviembre de 2021, seguido de nueve cuotas de 20.000 pesos cada una.

Sin embargo, según la denuncia, el comprador y vicepresidente del club, solo abonó las primeras cuotas, pero las restantes no se habrían completado, lo que motivó el reclamo judicial.

La jueza de la Unidad Jurisdiccional N° 1 Civil, Julieta Noel Díaz, tras escuchar a ambas partes, emitió una resolución favorable en parte a la demanda del Club Social y Deportivo Lavalle. En su fallo, condenó al vicepresidente de la institución a abonar la suma de 466.129,40 pesos en concepto de saldo adeudado por la compraventa del vehículo.  

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