Publicidad
 

DEFENSA DEL CONSUMIDOR

|
04/08/2025

Condenaron en Viedma a una empresa de alarmas porque cobró demás a un cliente

Intervino en la sentencia un juzgado civil.
La indemnización supera los dos millones de pesos más intereses.
La indemnización supera los dos millones de pesos más intereses.

Una larga historia de desencuentros, que datan de 2019, tuvo que evaluar el titular del Juzgado Civil Nº 3 de esta capital, Leandro Oyola poniendo en la balanza la Ley nacional de Defensa del Consumidor ante un irregular vínculo contractual.

Leer más: Imputaron a mujer que habría usado la tarjeta de crédito de su paciente para comprar por casi 400.000 pesos

Es que un cliente de una empresa de alarmas pidió el auxilio de la justicia interponiendo una demanda de daños y perjuicios tomando en cuenta que el 11 de marzo de ese año solicitó la baja del servicio aunque le siguieron descontando posteriormente, y si bien la empresa cesó los débitos nunca devolvió el dinero.

En el análisis y conclusión del caso, más allá de que la empresa rechazó los cargos, el magistrado observó que la demandada luego del cese del servicio vía telefónica, continuó descontando por cuatro períodos el valor del servicio sin causa que lo justifique. “Ello implica un incumplimiento contractual de parte de la demandada que encuadra en las previsiones como conducta antijurídica atribuible a la empresa en el marco de las previsiones normativas”, apuntó.

En consecuencia, hizo lugar parcialmente a la demanda por daños y perjuicios condenando a la empresa a que abone en el plazo de 10 días la suma de 751.500 pesos en concepto daño moral, con más 1.500.000 pesos por daño punitivo, y sus respectivos intereses hasta su efectivo pago. Paralelamente, rechazó el rubro devolución de sumas debitadas de su tarjeta de crédito y el pedido de publicación de la sentencia en un diario de amplia circulación. 

¿Qué opinión tenés sobre esta nota?