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01/08/2025

Cumplió con todo: dieron por finalizadas las reglas de conducta a un condenado en suspenso

Tras dos años bajo supervisión judicial y con seguimiento por parte del Instituto de Asistencia a Presos y Liberados, un joven condenado por amenazas y tenencia ilegal de arma fue liberado del control estatal.
Poder Judicial de Viedma.
Poder Judicial de Viedma.

La jueza de Ejecución Penal N° 8 de la Primera Circunscripción Judicial resolvió dar por finalizadas las reglas de conducta impuestas a un joven que había sido condenado, en junio de 2023 a dos años y seis meses de prisión en suspenso por una causa vinculada a amenazas calificadas y tenencia ilegal de arma de fuego.

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La decisión se adoptó luego de constatarse, a través de informes del Instituto de Asistencia a Presos y Liberados (IAPL), que el condenado cumplió con todas las condiciones que le habían sido impuestas al momento de dictarse la pena condicional, de acuerdo al artículo 27 bis del Código Penal.

La sentencia original obligaba al joven a cumplir una serie de pautas de conducta durante dos años, entre ellas fijar domicilio, abstenerse de consumir estupefacientes, y someterse a un tratamiento psicológico por consumo problemático y violencia de género. Sin embargo, a fines de 2023, la magistratura decidió extender el plazo por un mes más, tras haberse verificado incumplimientos parciales en la asistencia al tratamiento.

Durante todo el período, el IAPL —organismo encargado de monitorear la evolución de los casos con penas condicionales— presentó documentación periódica sobre los avances del sujeto, en el cumplimiento de las medidas, señalando finalmente que había alcanzado los objetivos previstos.

Con intervención del Ministerio Público Fiscal, que coincidió en que se habían acreditado todos los extremos exigidos, la jueza dictó una resolución en la que dejó formalmente cerrada la etapa de control estatal. “El condenado ha obtenido el derecho a tener por cumplidas las condiciones impuestas”, señala el fallo.

El caso se tramitó bajo el marco normativo de la Ley 24.316, que en 1994 incorporó al Código Penal la figura del “cumplimiento de reglas de conducta” como alternativa a la prisión efectiva. El espíritu de esa norma, según explica la resolución, es preventivo y tuitivo: busca evitar la reincidencia, sin romper el lazo del condenado con su entorno familiar, laboral o comunitario.

 

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