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02/07/2025

Busca cuidar la salud de los estudiantes frente a los consumos alimenticios: de qué se trata

Apuntan las modificaciones desde un proyecto de ley presentado al parlamento de Río Negro.
Las bebidas azucaradas promueven enfermedades que atentan contra la salud (Imagen ilustrativa)
Las bebidas azucaradas promueven enfermedades que atentan contra la salud (Imagen ilustrativa)

De un tiempo a esta parte, en los establecimientos educativos se puso el foco en la cuestión alimentaria. En hábitos que deberían ser incorporados, y Río Negro alza sus banderas en este aspecto. Sin ir más lejos, se presentó un proyecto que en la Legislatura rionegrina, y que lleva la firma de la legisladora Elba Mansilla (PRN).

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“Tiene por objeto contribuir a la mejora de los hábitos alimentarios de niñas, niños y adolescentes en edad escolar, eliminando del entorno escolar la disponibilidad de bebidas que contribuyen al desarrollo de enfermedades crónicas no transmisibles como la obesidad, diabetes tipo 2, hipertensión y caries dentales”, explicó.

Esto surge a partir de distintos estudios y estadísticas que indican que el consumo de bebidas azucaradas es uno de los factores determinantes en el aumento del sobrepeso y la obesidad infantil. En este sentido, la Ley Nacional Nº 27.642, denominada de Promoción de la Alimentación Saludable, establece criterios nutricionales que limitan la presencia de ingredientes críticos como el azúcar añadido, grasas saturadas y sodio.

“Una modificación concreta del artículo 2 de la Ley Nº 5226, incorporando un nuevo inciso que prohíba expresamente la comercialización de bebidas azucaradas e industrializadas dentro de los establecimientos educativos, permitiendo el expendio de agua potable y/o agua mineral. La medida propuesta no solo está alineada con la normativa nacional, sino que se enmarca dentro de un enfoque integral de salud pública preventiva, con foco en las etapas tempranas de la vida”, explicó.

Y sigue: “Además, promueve condiciones equitativas para todos los estudiantes, especialmente aquellos que pertenecen a sectores vulnerables, quienes suelen tener más dificultades para acceder a información o alternativas”.

A continuación, se solicitó que se incorpore el inciso E del artículo 2º de la ley R nº 5226 la prohibición en el ámbito de los establecimientos educativos de nivel primario y secundario de gestión pública y privada de la Provincia de Río Negro la comercialización, expendio o promoción de bebidas azucaradas o industrializadas.

“A los fines de la presente disposición, se entenderá por bebidas azucaradas o industrializadas aquellas que contengan azúcares añadidos o edulcorantes no calóricos en su composición, conforme lo establecido por la Ley Nacional Nº 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable”.

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