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OPINIÓN

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13/04/2025

Las Malvinas, la Constitución y la Traición

Por Manuel Castañeda, abogado.

EL 2 de abril en el acto oficial institucional del día del veterano y de los caídos en la guerra de Malvinas, el presidente Milei leyó: “...Y si de soberanía sobre las Malvinas se trata, nosotros siempre dejamos claro que el voto más importante de todos es el que se hace con los pies. Anhelamos que los malvinenses decidan algún día votarnos con los pies a nosotros. Por eso buscamos hacer de Argentina una potencia tal que ellos prefieran ser argentinos y que ni siquiera haga falta la disuasión o el convencimiento para lograrlo…”

Así el presidente esboza de manera ligera, sin sustentos jurídicos, (y lo que es peor) sin sentido de patria, la idea de la autodeterminación de los pueblos. 

Este derecho del orden público internacional tiene un consenso que se aplica a los pueblos/colonias, dentro de la órbita del comité de descolonización de las Naciones Unidas. Implica que los pueblos que han sido colonias pueden “autodeterminarse”, decidiendo libremente su estatus político y su desarrollo económico, social y cultural. Ello significa que el pueblo puede elegir si quiere formar parte de un estado o ser independiente.

El concepto de “Votar con los pies”, del economista Tiebout, comprende la libertad de elegir y decidir conforme las preferencias y conveniencias económicas del ciudadano, no aplicándose bajo ningún aspecto al caso de nuestras Islas Malvinas.

El consenso internacional y la posición histórica de nuestro país, afirman que el reclamo de soberanía por las Islas Malvinas es parte de una negociación bilateral donde no existe el derecho de la libre determinación de los pueblos.

Ello obedece a la razón de que los habitantes de las islas, son ingleses ocupando un territorio, y de esta manera están violando la soberanía argentina: en otras palabras, se trata de un territorio usurpado.

Y acá prevalece el derecho de la integridad territorial, porque las Islas Malvinas son parte integrante del territorio argentino, habiendo sido ocupadas de manera ilegal y violenta por parte de Gran Bretaña.   

La cuestión es analizar si la expresión del presidente Milei, al romper un consenso básico, también está violentando nuestra Constitución Nacional.  

Precisamente la Constitución Nacional reformada en el año 1994, es lo que en derecho nos han enseñado, la cúspide de la pirámide normativa.

 

Para dar un ejemplo sencillo, el texto prohibe la pena de muerte  (Artículo 17 CN) por lo que una ley nunca puede imponer dicha pena, porque resultará en una violación palmaria de la norma superior.       

La Constitución Nacional está integrada por una parte dogmática (declaraciones derechos y garantías), una parte orgánica (los poderes del estado) y las “disposiciones transitorias”.

La primer disposición transitoria dice: 

“La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional.

La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del derecho internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino”.

¿Qué significa respetar el modo de vida de sus habitantes? Comprende la libre determinación o “votar con los pies”?

En la Convención Constituyente de 1994, al momento de debatir la cláusula de Malvinas, el Presidente de la Asamblea, Eduardo Menem expresaba: “...Al mencionar en el texto constitucional el respeto al modo de vida de los habitantes de las islas, atendemos al principio de los intereses y no de los deseos, porque en este último caso se estaría aceptando el principio de la autodeterminación que, como lo analizamos por separado, no es aplicable al caso de Malvinas.

Esta posición de la República Argentina está avalada y tiene respaldo en el marco normativo de las Naciones Unidas. Todas sus resoluciones, desde la 1.514 en adelante, y la misma Carta de las Naciones Unidas, indican que hay que tener en cuenta los intereses de los habitantes y no sus deseos. No tenemos ningún inconveniente en respetar el modo de vida de ellos. Quizás pueda parecer sobreabundante colocar esto en la norma, porque en este país que es crisol de razas siempre hemos respetado el modo de vida de todos los hombres de buena voluntad que vinieron al suelo argentino, sin distinción de origen, raza o religión”.

“...Pero esta norma no sólo es para adentro; es también para afuera. Estamos notificando a todos los países del mundo que no vamos a claudicar jamás en nuestra reivindicación sobre las Islas Malvinas (aplausos) y les estamos diciendo que vamos a respetar el modo de vida de los habitantes… Decimos que es un objetivo permanente e irrenunciable, y esto constituye un mandato para todas las generaciones de argentinos. Nunca debemos olvidar que hay una parte de nuestro

territorio que no está habitada por argentinos sino que está en manos extranjeras”.

Por ello, el planteo de la máxima autoridad institucional del país en un acto oficial,  del “voto con los pies” de los habitantes de las Islas Malvinas, da pie (valga la redundancia) al Reino Unido a pretender aplicar el principio de autodeterminación de los pueblos de las islas.

Y lo que es más grave, pone en riesgo el irrestricto e histórico reclamo de soberanía territorial que reclama nuestro país sobre las Islas. 

Para finalizar recordemos que el 10 de diciembre de 2023, en la Asamblea Legislativa y en cumplimiento del artículo 93 de la Constitución Nacional se escuchaba: “Yo Javier Gerardo Milei, juro por Dios y por la Patria, sobre estos santos evangelios, desempeñar con lealtad y patriotismo el cargo de Presidente de la Nación Argentina, y observar y hacer observar fielmente en lo que de mi depende la Constitución de la Nación Argentina, Sí Juro…”    

La patria comprende el territorio de las Islas Malvinas. Y jurar por la patria desempeñar con patriotismo el cargo de presidente y cumplir y hacer cumplir la Constitución Nacional, es un asunto serio, que tiene consecuencias políticas y jurídicas. El presidente tiene que obrar siempre con sentido patriótico y respetar la Constitución Nacional.

Esbozar la idea de la autodeterminación del pueblo que usurpa las Islas Malvinas es violentar la norma constitucional, yendo en contra de un pilar básico de nuestro reclamo soberano patriota.

Entendido así, el presidente ha traicionado a nuestra patria. Las instituciones de la república tienen el deber de no dejar pasar este hecho que mancha el reclamo soberano.

Milei ha dañado la memoria y el honor, (como dice la canción) ”de los pibes de Malvinas que jamás olvidaré”.   

 

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