Aclaran que Galiano sigue con la matrícula suspendida y no puede ejercer en Río Negro
El abogado está lleno de causas en su contra y ahora deberá purgar una condena en la cárcel por abuso sexual.

Días atrás, trascendió en forma pública que el abogado viedmense, Ignacio Galiano fue encontrado culpable por parte de un tribunal porteño del delito de abuso sexual con acceso carnal a una empleada, un hecho concretado en Buenos Aires.
Se lo condenó a siete años de prisión, a los que se les sumaron un año y medio más por una pena condicional que tenía por parte del Poder Judicial de Viedma, por estafas con uso de documentos públicos. Es decir, estará ocho años y medio en prisión por el hecho cometido el 27 de octubre de 2021, en plena pandemia del coronavirus.
Y la pregunta que varios, en el ámbito tribunalicio capitalino, formularon cómo estaba su situación respecto del ejercicio de la profesión como el caso Masetta, el abogado César Masseta condenado a tres años y ocho meses de prisión efectiva por haber participado en la muerte del joven Emilio García en Sierra Grande en 2020, junto a su padre, Víctor, condenado a 11 años y seis meses por ese caso. Hoy César tiene clientes.
Según fuentes del Colegio de Abogados de Viedma consultadas por NoticiasNet, insistieron en señalar que Galiano continúa con la matrícula retenida porque se le aplicó el Código de Conducta de la entidad en cuyo artículo 30 estipula que “sólo podrá aplicarse la sanción disciplinaria de exclusión de la matrícula, en los supuestos de haber sido suspendido el matriculado dos (2) o más veces con anterioridad dentro de los últimos diez años, o por una falta grave".
También se agrega "por haber sido condenado por la comisión de un delito doloso con o sin pena privativa de la libertad siempre que de las circunstancias del caso se desprendiera que el hecho afecta al decoro y ética profesionales. A los efectos de la aplicación de las sanciones, el Tribunal deberá tener en cuenta los antecedentes del matriculado”.
Se aclaró además que en su momento entre 2016 y 2017, Galiano apeló al Superior Tribunal e Justicia (STJ) la medida sancionatoria, y que la decisión adoptada por el Colegio fue ratificada por el máximo órgano judicial de la provincia, en consecuencia sólo pudo ejercer en la provincia de Buenos Aires con la historia conocida.
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