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12/05/2021

Preceptor denunciado por abuso le pidió plata a la escuela que lo expulsó

Revés para el demandante, quien fue sobreseído en lo penal. 
Preceptor denunciado por abuso le pidió plata a la escuela que lo expulsó
Preceptor denunciado por abuso le pidió plata a la escuela que lo expulsó

Una demanda laboral por un despido directo contra la Escuela Paulo VI tuvo un fallo a favor del colegio.

Esta semana, los jueces Gustavo Guerra Labayén, Rolando Gaitán y Carlos Marcelo Valverde rechazaron por unanimidad una cuantiosa demanda económica que realizó un hombre que se desempeñaba como preceptor desde 2004 y fue expulsado en 2018.

Fue por un proceso donde se lo acusó de abuso. 

La causa que tramitó ante el Juzgado de Instrucción 4 de Viedma terminó con un sobreseimiento del acusado en 2016, ya que se planteó que existía una "relación de consentimiento".

En simultáneo con la causa penal, el Consejo Provincial de Educación hizo un sumario administrativo por el vínculo irregular que generó el adulto con la estudiante. Dos años después, con el sobreseimiento en lo penal, se archivó el sumario.

De todas maneras, el colegio Paulo VI le impidió el ingreso y lo echó  por una "conducta en abierta contradicción con la orientación doctrinaria e ideológica del establecimiento". 

Con ese argumento, el preceptor empezó una demanda laboral. 

El magistrado Guerra Labayén ratificó la posición del Paulo VI, planteada por el abogado Diego Sacchetti, y señaló que el archivo del sumario se realizó violando la Ley 2164 que confirmó un convenio firmado en 1986 entre la Provincia de Río Negro y el Obispado de Viedma.

"Cuando dicho trámite estaba instrumentando la forma de producir la pericial caligráfica sobre las cartas atribuidas al docente y dirigidas a la menor, intempestivamente la Junta de Disciplina Docente emitió la Resolución 55/18 de fecha 16.03.2018 que dispuso el cierre y archivo de las actuaciones, por entender que, a partir del dictado de un nuevo reglamento de disciplina docente, ya no poseía facultades para accionar con los docentes de escuelas privadas, dado que estos no tienen relación laboral con el Estado", puntualizó la sentencia.

Guerra Labayén determinó que esa decisión que desconoce la norma dejó a la escuela sin herramientas por lo que "en esas condiciones no puede privarla de su potestad de despedir con invocación de justa causa".

En ese marco, postuló que la relación sexual entablada por el adulto con la adolescente fue ratificada por el juez de Instrucción Penal "quien de todos modos no encontró que ello configurara delito por cuanto entendió que se trató de una relación consentida por una menor de 16 años".

"En las condiciones descriptas, considero que la actuación penal suple la ausencia de un sumario administrativo terminado que declare la justa causa del despido. En consecuencia, y teniendo en cuenta además que el planteo efectuado por el actor no controvierte los hechos en que tal decisión se funda, me pronuncio por rechazar en su mayor extensión la demanda interpuesta, con costas", concluyó la sentencia.