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08/11/2020

Viedma: Habilitan iglesias y templos y amplían horarios de locales gastronómicos

Viedma: Habilitan iglesias y templos y amplían horarios de locales gastronómicos
Viedma: Habilitan iglesias y templos y amplían horarios de locales gastronómicos

Tras conocerse los alcances del decreto nacional, que incluye a Viedma dentro del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, el gobierno provincial amplió las aperturas. 

La novedad en la capital provincial y demás ciudades que están en ASPO es la apertura de iglesias y templos para las celebraciones de cultos, con una ocupación máxima del 25 por ciento, y un límite de 30 personas en lugares cerrados y un máximo de 30 personas en lugares al aire libre. 

Los mismos no deberán superar los 45 minutos, se mantendrá el distanciamiento y el uso de protección facial durante toda la celebración.

El decreto establece que en Viedma, la circulación de las personas, por cualquier medio habilitado, sólo podrá realizarse entre las 7 horas y las 24 horas. Se exceptúa de dicha restricción al personal considerado esencial a los fines de la atención de la emergencia sanitaria.

Respecto a los comercios de productos esenciales, se podrá realizarse en el horario comprendido entre las 8 y las 20:30, de lunes a sábado, y en el horario de 9 a 15 los días domingo, a excepción del Balneario El Cóndor de lunes a domingo de 7 a 20.30.

Para los comercios de productos no esenciales y actividades de servicios no esenciales: deberá realizarse entre las 8 y las 20:30 de lunes a sábado, hasta un máximo de 8 horas diarias, a excepción del Balneario El Cóndor de lunes a domingo de 7 a 20:30, conforme dispongan las reglamentaciones locales.

Los restoranes, bares, confiterías y locales similares, trabajarán de lunes a sábados hasta las 24, y los días domingo en el horario comprendido entre las 11 y las 17. Los protocolos sanitarios específicos para dichas actividades deberán propender a disminuir el aforo en espacios cerrados y privilegiar la utilización de espacios al aire libre, con estricto control del resto de las acciones preventivas establecidas para prevenir el contagio del COVID-19

Estará permitida la realización de actividad deportiva al aire libre de forma individual en el horario de 9 a 23, respetando las pautas de comportamiento relativas al distanciamiento social.

El desarrollo de la obra de carácter privado será con un máximo de hasta cinco obreros por obra, uno cada 70m2, más el director de obra y representante técnico.

Se habilita a trabajadoras y trabajadores afectados al régimen de personal de casas particulares o servicio doméstico.