Publicidad
 
27/06/2020

Excluido de su hogar por ejercer violencia de género

La casa le pertenece al sujeto excluido, pero la resolución del Juzgado de Paz de Roca consideró las circunstancias que rodean el caso. Le negaba trabajar para que pueda alquilar otra vivienda, entre uno de los puntos del abusador.
Excluido de su hogar por ejercer violencia de género
Excluido de su hogar por ejercer violencia de género

Un hombre fue excluído de su hogar en General Roca a través de un fallo judicial por ejercer violencia física, psicológica y económica sobre su pareja. Luego de haber denunciado la situación en la Comisaría de la Familia, se comprobó la “clara situación de vulnerabilidad” de la mujer y un fallo ordenó la exclusión y medidas de protección.

La casa le pertenece al hombre excluido, pero la resolución del Juzgado de Paz de Roca consideró las circunstancias que rodean el caso. Desde que llegó a la ciudad la mujer no pudo generar lazos sociales de ningún tipo con el agravante de que la pareja le negó la posibilidad de buscar trabajo.

“Eso le hubiese permitido gozar de independencia económica para poder alquilar otra vivienda y retirarse de la actual”, se afirma en el texto que ordenó las medidas de protección.

En la casa viven, además de la mujer, su hija embarazada de tres meses, la pareja de ella y un niño. “Las demás personas son víctimas indirectas de los actos de violencia”, se consideró.

Las medidas se adoptaron utilizando todos los mecanismos incorporados por el Superior Tribunal de Justicia (STJ) para garantizar el servicio en el contexto de la pandemia. La realización de audiencias virtuales, notificación por mensajería electrónica, habilitación de teléfonos de urgencia y el uso de la plataforma MEED (Mesa de Entradas de Escritos Digitales) fueron algunas de las soluciones que permitieron la continuidad de más de 27 mil procesos judiciales y el inicio de nuevas causas.

Sobre esos fundamentos, se dictó la exclusión del hogar del hombre, una prohibición de acercamiento hacia la mujer de 200 metros y la advertencia de no realizar actos de hostigamiento. En caso de incumplimiento, de dictar nuevas medidas como arresto, multa económica o trabajo comunitario.