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05/11/2019

Instalación del Sistema de Aro Magnético en lugares públicos

Destinado a cines, teatros, aula de cada escuela, lugares públicos administrativos o cualquier otro lugar o establecimiento público o privado –cerrado o abierto- habilitado por la autoridad municipal
Instalación del Sistema de Aro Magnético en lugares públicos
Instalación del Sistema de Aro Magnético en lugares públicos

Por iniciativa de la concejal radical Paola Casadei este martes el Concejo Deliberante de Viedma abordará un proyecto de Ordenanza que propone adherir a la ley provincial 5005, de Obligatoriedad de la instalación del Sistema de Aro Magnético en teatros, cines, auditorios, aulas escolares, lugares públicos administrativos, establecimientos públicos o privados habitados por la autoridad municipal.

El aro magnético es un dispositivo que permite a los hipoacúsicos disfrutar sin interferencias de un espectáculo cultural. Aunque una ley de 2005 estableció su obligatoria instalación en los teatros y cines de la ciudad, la mayoría de las salas sigue sin incorporarlo.

El proyecto

Al fundamentar su proyecto, Casadei explicó que “los Estados están obligados a dictar textos legales que protejan los derechos de las personas con discapacidad y que se encuentran garantizados en nuestro sistema jurídico en sus tres niveles: nacional, provincial y municipal”.

En nuestra localidad “las personas con discapacidad auditiva o hipoacúsicas constituyen una parte de la población a la cual le debemos la creación de textos legales que les permitan vivir en comunidad con la independencia, la igualdad y el trato digno al que tienen derecho”.

El 30 de octubre de 2014 la Legislatura provincial sancionó la ley 5005 “que establece que en establecimientos públicos y privados que brinden espectáculos o se brinden clases, capacitaciones están obligados a contar con un Sistema de Aro Magnético que permita la audición sin interferencia a las personas hipoacúsicas”.

Según afirmó, ”a pesar de contar con este texto, no existen antecedentes que certifiquen que salas de eventos, teatros o cines y principalmente los establecimientos educativos de las localidades de la provincia hayan incorporado esta tecnología accesible que cambia la vida de muchos”.

De ser aprobada la iniciativa y puesta en marcha por el Ejecutivo, “la autoridad de aplicación de lo normado en el artículo 1º es la Subsecretaría de Desarrollo Humano”.