Capacitaciones en perspectiva de género y derechos humanos serán obligatorias
El Superior Tribunal de Justicia, resolvió que “las capacitaciones que dispongan la Corte Suprema de Justicia de la Nación y la Oficina de Género del Poder Judicial, en perspectiva de género y derechos humanos, tienen carácter obligatorio para quienes resulten destinatarios o destinatarias”.
En la fundamentación se tiene en cuenta especialmente la sanción de la Ley Nacional Nº 27.499, denominada “Ley Micaela”, que estableció “la obligatoriedad de capacitar y capacitarse en materia de perspectiva y violencia de género a quienes forman parte de alguno de los tres poderes del Estado.
Como forma de hacer operativa la obligatoriedad, se dispuso que la Oficina de Género remita al STJ un registro de asistentes a las capacitaciones. También la OG; junto al Centro de Planificación Estratégica, deberán elaborar sistemas de evaluación que permitan medir el impacto de las capacitaciones previstas.
El Poder Judicial de Río Negro cuenta con cronogramas anuales de capacitación y hace varios años que la temática de perspectiva de género es una de las premisas formativas. Esta decisión de los miembros del Superior Tribunal es una avance más, al declarar la obligatoriedad de asistencia, en consonancia con la “Ley Micaela”.
En los argumentos de la Acordada se recuerda que los Tratados Internacionales, las Convenciones como Belem Do Pará, las leyes nacionales y provinciales promueven la erradicación de la violencia contra la mujer.