22/11/2019

"Ups... algo salió mal", y le descontaron 10 veces cada factura

La Justicia ordenó a la empresa “pagomiscuentas” a resarcir a una usuaria por daño extrapatrimonial.

"Ups... algo salió mal", y le descontaron 10 veces cada factura

 

Desde la Justicia rionegrina, la jueza de Paz de Viedma, Elsa Sartor, hizo lugar a una demanda de menor cuantía y condenó a la empresa PRISMA MEDIOS DE PAGO S.A. conocida como www.pagomiscuentas.com.ar, a pagar a una usuaria la suma de 12579 de pesos en concepto de daño directo y la suma de 12000 pesos en concepto de daño extrapatrimonial. 

La damnificada expuso en su denuncia que en un intento de abonar los servicios de gas, agua y Direct TV a través del sitio web www.pagomiscuentas.com.ar, el sistema le arrojó un error con la leyenda: "Ups, algo salió mal. No pudimos realizar el pago de tu factura. Por favor reintentá la operación" y así lo hizo. 

Ante el vencimiento de los servicios, decidió trasladarse desde El Cóndor, su lugar de residencia, hacia Viedma a fin de abonarlos en Pago Fácil.

Luego de haber realizado el pago se dirigió al cajero para extraer dinero de la caja de ahorro de su titularidad y se encontró con que le habían debitado el dinero en los diez intentos de pago que había efectuado. 

En la sentencia se explicó: “en este caso, la actora reúne la calidad de consumidora de servicios financieros y la demandada, siendo una empresa dedicada a desarrollar y comercializar soluciones multimarca y multiplataforma de procesamiento y medios de pago, es proveedora en los términos de la Constitución Nacional y de la Ley 24240 -y sus modificatorias-, y en tal carácter, está obligada a cumplir con todas las previsiones impuestas por la legislación vigente”. 

Cabe destacar que se realizó una audiencia de conciliación y la empresa se comprometió a ofrecer un acuerdo en el plazo de diez días que incumplió, generando nuevamente una expectativa de solución al problema, evidenciando una conducta manifiestamente ofensiva respecto a sus derechos consumeriles. 

En su sentencia, la jueza explica: “la empresa demandada resulta responsable por las molestias que padeció la Sra. M, quien utilizó un servicio de pago electrónico a través de una empresa que ofrece la posibilidad de pagar impuestos y servicios de forma rápida, fácil y segura, utilizando nuevas tecnologías de pago, favoreciendo así el tráfico comercial vía internet, lo que no solo no le dio resultado, sino que además, la obligó a realizar numerosos reclamos por el perjuicio económico que le causó el mal funcionamiento del sitio web; primero vía telefónica, luego en la Oficina de Defensa del Consumidor, donde le indican que envíe una carta documento y posteriormente en sede judicial”.

 

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