Destrozó un vehículo, provocó lesiones y tendrán que pagar voluminosa indemnización
Casi sobre el mediodía del 6 de mayo de 2024 se produjo un grave accidente de tránsito en la zona semaforizada de esta ciudad de alto tránsito, más concretamente en la intersección de avenida Caseros y boulevard Contín de esta ciudad. Involucró a un Fiat Siena, que se llevó la peor parte, y a un Jeep Renegade.
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De acuerdo a una presentación que se hizo posteriormente ante la Unidad Jurisdiccional Civil Nº 1, a cargo de la jueza Julieta Noel Díaz, el propietario del Siena relató los momentos vivido durante ese amargo trance. Al respecto indicó que al llegar a la esquina referida se detuvo en el semáforo con señal de color rojo. Luego cuando se produjo el cambio a luz verde avanzó unos metros sintiendo un fuerte impacto en la parte de atrás por parte del vehículo Jeep, cuyo conductor, a su criterio circulaba a alta velocidad.
Como consecuencia del siniestro vial sufrió serios daños en la parte trasera de su vehículo, resultando dañado el paragolpes, baúl, guardabarros derecho e izquierdo, faros traseros, y asimismo, dio cuenta de la rotura del parabrisas. Además, el conductor del rodado menor debió ser atendido en un centro privado de salud a causa de los golpes sufridos.
Si bien los propietarios del Renegade echaron la culpa al conductor del Siena sobre que “había bajado la velocidad”, la magistrada reunió testimonios y además, convocó a dos reconocidos peritos en accidentología vial quienes brindaron un informe contundente en favor del automovilista del Siena.
En las consideraciones de la jueza, se indica que el perito designado señaló que el conductor del Renegade vio la luz del semáforo verde que lo habilitaba a continuar y también observó al automóvil Fiat Siena que se desplazaba por delante, es decir que no incidió el factor distracción. Pero, en estas circunstancias (el Renegade) no evaluó correctamente la velocidad de avance del Siena (mal cálculo), y su aproximación rápida le impidió ensayar una maniobra evasiva (frenado o cambio de dirección), por lo que concluyó que impacta el frente de su vehículo contra la parte trasera del vehículo menor que circulaba a baja velocidad.
Así, dictaminó que la causa eficiente para que el accidente ocurriera es el factor humano, aportada por el conductor del Renegade, que evaluó mal (error de cálculo) la velocidad de avance del Siena y su vehículo circulando a mayor velocidad se acercó rápidamente sin permitirle intentar maniobra evasiva alguna.
Si bien aclaró que las velocidades de los dos automóviles no tenían incidencia en el origen del choque, consideró necesario explicar que la magnitud del daño que se observa en el Siena es consecuencia de la velocidad de impacto que en ese momento tenía el Renegade, cercana a los 40 kilómetros por hora (km/h).
En síntesis, el fallo indica que quien circula detrás “tiene la obligación legal ineludible de conservar el pleno dominio de su vehículo y mantener una distancia de seguridad prudencial con el rodado que lo precede. Esta distancia es justamente la que debe permitir frenar a tiempo frente a contingencias o maniobras imprevistas propias del tránsito cotidiano. Por lo que, reconocida la colisión desde atrás, queda en evidencia que el conductor del Jeep no respetó dichas premisas reglamentarias, por lo que la culpa del siniestro recae de manera exclusiva sobre la parte demandada”.
Añadió que el responsable del manejo del vehículo mayor infringió los artículos 39 y 48 de ley nacional de tránsito, por lo tanto, Díaz sentenció a los propietarios del Renegade y la compañía de seguros a abonar al dueño del Siena más de 11 millones de pesos, contemplando en el resarcimiento los daños materiales y la privación de uso del rodado menor.