Una mujer quiso retener a sus hijas: que decidió la justicia
En el complejo ámbito de las disputas familiares, a menudo surgen situaciones que desafían tanto la razón como el sentimiento de identificación con alguien. Recientemente, una mujer se presentó ante la justicia de esta capital buscando una sentencia favorable para mantener consigo a dos hijas en forma provisoria.
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Pese a estar vigente la feria judicial, un juzgado de Familia activo los trámites para abordar la situación de manera inmediata. En afán por salvaguardar el bienestar de las menores, la jueza de feria, María Laura Dumpé, decidió tomar medidas solicitadas contra el padre, aunque antes escuchó a las partes en conflicto.
El 14 de noviembre pasado, la madre de dos niñas interpuso una medida cautelar para obtener el mencionado cuidado personal unilateral provisorio de ellas relatando que rompió relaciones con el padre el año pasado luego de situaciones de violencias padecidas por ella y sus hijas, y denunciándolo que las retuvo en forma ilegítima.
Entre los trámites logró retenerlas y el reingreso al hogar familiar, previa exclusión del denunciado, reclamando ahora que se conceda el cuidado personal para “evitar que continúen siendo utilizadas como instrumentos de agresión por parte de su progenitor”.
Señaló que es ella quién está en condiciones de sostener el cuidado responsable de sus hijas, siendo quien ha asumido la crianza, ocupándose de la alimentación, la vestimenta, la educación y la salud” insistiendo en la urgencia de la medida en virtud de que tiene como finalidad evitar daños irreparables en las niñas, quienes son sometidas a esa dinámica de hostigamiento.
Qué dijo el padre
El supuesto acusado se presentó rechazando la medida cautelar reclamada por considerar que no existe el riesgo cierto, actual e inminente y el peligro en la demora que manifiesta la actora, planteando que el cuidado personal de las hijas en común debe ser tratado en el procedimiento ordinario y no como medida cautelar, con mayor aporte de pruebas y tratamiento.
Por caso, negó los hechos precisando que él, ha sido la víctima de las violencias ejercidas por la ex pareja sobre todo cuando vivían en otra localidad donde hubo violencia física que no se animó a denunciar. Al regresar a Viedma, alquilaron un departamento donde permitieron que viva el hermano de la actora, pero “por un arrebato injustificado, aquella los echó de la vivienda quedando en situación de calle hacia el 30 de octubre de 2023, asegurando la separación convivencial a partir de ese momento.
El, tomó un terreno en esta ciudad donde vivía adentro de su vehículo, posteriormente construyó una casilla de madera y con la ayuda de su hermano y padre, finalmente, construyó una pequeña vivienda de material.
A fines de 2024, la mujer tuvo que devolver el departamento y con la promesa de juntar dinero para un nuevo alquiler tuvo un trabajo temporario, pero después se le vino a vivir a su casa sin restablecer la relación sentimental, hubo nuevos hechos de violencia denunciados logrando expulsarlo de esa casa al ex marido, quien se vio obligado a vivir con sus padres en otro domicilio.
La justicia entrevisto a los abuelos paternos de las niñas, con quienes vive temporariamente el progenitor de ellas, afirmando poder alojarlas y cuidarlas en su propio domicilio, en tanto el padre aseguró que siempre cumplió con la rutina de sus hijas, y a su vez, reveló que la madre las maltrata al punto tal que las amenaza con apretar el botón antipánico para que quede preso y las persigue psicológicamente.
Los trámites
También, consta denuncia por violencia familiar instado por el progenitor de las niñas, de fecha 22 de octubre de 2025, tras lo cual acompañó tres denuncias más por violencia en representación de sus hijas menores contra la progenitora, en el transcurso del año (agosto/2025, octubre/2025 y noviembre/2025).
El veredicto final
La jueza Dumpé buceo profundamente en el caso escuchando a los abuelos paternos y también tomó nota de los informes técnicos hacia la mujer, interpretando que “los derechos fundamentales de las niñas no están garantizados con el cuidado exclusivo de su progenitora”.
Argumentó que al igual que el ex marido “priorizan la contienda por la vivienda donde residen por sobre el interés superior de sus hijas, dando a entender que no hay urgencias en una medida como la que pide la madre. En consecuencia, rechazó la medida cautelar interpuesta por la señora denegando el pedido de cuidado personal unilateral en forma provisoria de sus hijas menores de edad.