Policía muerto en un curso: el STJ revisará el fallo del Tribunal de Impugnación
En la lluviosa mañana de este martes, se desarrolló una nueva audiencia en el caso de Gabriel Mandagaray, el policía de 25 años que murió en pleno curso del Cuerpo de Operaciones Especiales y de Rescate (Coer), el 15 de abril de 2021 en Bahía Creek.
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El Superior Tribunal de Justicia (STJ), compuesto por Ricardo Apcarián, Sergio Barotto, Sergio Ceci, María Cecilia Criado y Liliana Piccinini, escuchó los argumentos de cada parte en torno a por qué debe o no revisarse la sentencia del Tribunal de Impugnación II.
La totalidad de integrantes del máximo órgano judicial tomaron un cuarto intermedio y finamente hizo lugar al recurso de queja, donde se revisará nuevamente una sentencia del Tribunal de Impugnación. Sus argumentos serán publicados dentro de las próximas 48 horas. La lectura del fallo, el miércoles 15 de octubre, a las 12 horas, en el mismo auditorio.
Intervinieron los abogados Pablo Iribarren y Oscar Pineda por la defensa de Alejandro Gattoni, Manuel Maza y Luciano Perdriel por Alfredo Nahuelcheo y Ariel Alice por Maximiliano Vitali Méndez. Por el lado de la querella el letrado Damián Torres y el fiscal general Hernán Trejo. Escucharon atentamente los padres de Mandagaray, Antonio y Adriana Fabi y Sofía Villalba, su pareja y con quien tienen un hijo en común.
La familia de Mandagaray, Antonio (su padre), su madre Adriana Fabi y Sofía, pareja de Gabriel.
En el fallo de juicio, en julio de 2023, Alejandro Gattoni, quien era el coordinador del grupo de instructores en el curso, recibió una pena de 4 años y 10 meses de prisión; para Alfredo Nahuelcheo, que estaba a cargo del equipo que integraba la víctima, 4 años y seis meses; para el instructor Maximiliano Vitali Méndez y para Marcelo Contreras 4 años y tres meses de cárcel. Este último además fue declarado culpable por los jueces Carlos Reussi, Marcelo Álvarez e Ignacio Gandolfi por las lesiones leves hacia otro oficial cursante.
El Tribunal de Impugnación ratificó todos los considerandos del fallo del juicio, pero luego el Superior Tribunal de Justicia (STJ) consideró que los fallos anteriores no revisaron bien las responsabilidades individuales de cada uno de los instructores.
En este sentido, el máximo órgano provincial precisó que como el delito es de coautoría, debe quedar claro qué hizo cada uno de los imputados para que el hecho termine en la muerte, y eso no estaba bien descripto en el fallo.
Por consiguiente, el Tribunal de Impugnación II resolvió un nuevo fallo, donde confirmó todo lo de la primera instancia, salvo un caso donde le bajó la pena al capacitador Marcelo Contreras, quien recibió prisión en suspenso porque intentó ayudar a Mandagaray.
Los argumentos de las partes
Pineda, molesto con la resolución del Tribunal de Impugnación II.
Iribarren, en defensa de Gattoni, planteó que hay una arbitrariedad y que la sentencia no fue fundada. En su teoría del caso, su defendido, que era supervisor general, no tuvo posibilidad de defenderse, nunca le habrían machacado en forma personal que faltaba comida o que había abusos. A su entender, desconocía los abusos de sus instructores.
En cuanto a su atribución por las modificaciones a último momento, respondió: "Desde el jefe de Policía (por entonces Osvaldo Tellería) y hasta el último subalterno sabía del cambio de locación del entrenamiento. En lo que se refiere a la provisión de víveres, hay un área específica para ello. Gattoni fue totalmente ajeno a las humillaciones y abusos, no estaba". Y solicitó la absolución de Gattoni o que se conforme un nuevo tribunal.
Su par, el abogado Pineda, por su parte exclamó: "Esto es una copia de la sentencia del fallo de juicio. No cumplieron con lo que dijo el Superior Tribunal de Justicia, ir y volver no le hace nada bien ni a la Justicia ni a las víctimas ni a nuestros defendidos".
El letrado Luciano Perdriel del estudio de Manuel Maza, por la representación de Nahuelcheo, cuestionó que este STJ brindó precisiones claras y concretas, instruyó al TI de que debía determinar y se hizo caso omiso. "Nahuelcheo era el que estaba más lejos de Mandagaray", expuso al pedir absolución de su defendido.
Por su parte, su colega Maza, describió: "Se lo acusa de haber dado la orden de ingresar al agua con ropa pesada. Esa orden no la dio Nahuelcheo, transmitió una decisión consensuada entre el coordinador y los instructores".
Además, apuntó que Nahuelcheo estaba al menos a 100 metros del punto donde ocurrió la tragedia. "No hubo un análisis integral de la prueba. Hasta se confunden las identidades de los instructores. Gattoni miraba a la playa, Vitali estaba en el agua", comentó Maza en referencia a un error en la narración del TI II.
Seguidamente, hizo una pregunta controversial: "¿Qué tiene que ver que Nahuelcheo lo haya orinado en la cara a Mandagaray con el resultado muerte, si no murió ahogado por orina sino con agua con sal? Esto lo pusieron por la prensa", remarcó Maza.
Mientras que Ariel Alice, defensor oficial, manifestó que hubo "latiguillos" que rechazan el recurso de queja, pero dijo que se acreditó una mezcolanza. "Se le atribuye a Vitali Méndez (su cliente) haber orinado a Mandagaray, cuando fue otro imputado", ejemplificó.
A su entender, a Vitali Méndez lo expusieron como culpable por ser el eslabón más delgado de la cadena. Y apuntó con todo contra Nahuelcheo. En esa línea, citó que él tenía animosidad contra Mandagaray por su apellido, por eso lo orinó, dominó la escena, planeó en la casa de Gattoni todos los lineamientos del curso, les ordenó a los cursantes que entren al mar y hasta practicaron entradas a un estanque días antes. "Nahuelcheo dio la orden", señaló y nombró que Vitali Méndez fue condecorado en el COER por actos de heroísmo y que solo acataba órdenes.
La palabra del fiscal general y la querella
Gattoni, uno de los responsables del curso Coer que terminó con la vida de Mandagaray.
A su turno, el fiscal Hernán Trejo precisó que los agravios planteados por las defensas son "una visión subjetiva en cuanto a las pruebas. Hay una sucesión de hechos que ocurrieron durante tres días y llevaron al resultado muerte".
"Cada parte hace una valoración desmembrada de los testigos en forma subjetiva, se cita una denuncia en Fiscalía del testigo Quiriban, cuando hay que analizar lo que se hizo en el debate. Todos los cursantes dan cuenta de los abusos perpetrados por los instructores", explicó.
Y siguió: "Hay 55 páginas que explican los argumentos del Tribunal de Impugnación II y los defensores solo hacen alusión a unos 13 párrafos en forma subjetiva. Hay abusos funcionales que llevaron al resultado muerte".
En cuanto al querellante Damián Torres, que representa a los padres de Mandagaray y a Sofía -la mamá de su pequeño hijo-, manifestó: "Ustedes están viendo algo. Hubo 133 sentencias en este 2025 en las cuales hubo 8 aperturas, 6 hubo favorables al quejoso y dos no". Preguntó a continuación: ¿Qué es lo que están viendo?".
Anteriormente, se establecieron tres cuestiones: la revisión de la sentencia, la congruencia y el análisis específico de los hechos. Siguiendo estos puntos, comentó que el TI II dio respuestas de congruencia entre las páginas 25 a 32 y se cumple con el principio de revisión de la congruencia. Además, contó que entre las páginas 25 a 46 hay un análisis de la acción imputado por imputado. "Todos los puntos fueron tratados", afirmó.
Y resaltó: "Ustedes se van a convertir en un tribunal de tercera instancia, de revisar pruebas. Si alguien lo orinó o no, quien le puso excrementos, análisis específicos. Vamos a estar discutiendo precisiones de cada imputado, revisiones que violarían su propia doctrina".
"Ninguna de las tres defensas logró demostrar agravios constitucionales. Quieren hacer un nuevo juicio delante de ustedes", sentenció y pidió que se tenga en cuenta el dolor de la familia de la víctima, que ha sido citada en cada instancia en tribunales y desde entonces no han podido encausar un duelo común y corriente.