2024-11-19

VIEDMA

Condenaron a un banco por cobros indebidos a un cliente

Actuó el juez de Paz, Pablo Díaz Barcia en un pleito de Defensa del Consumidor.

Un abogado de esta ciudad reclamó la intervención del Juzgado de Paz solicitando que se declare la nulidad del cargo aplicado a su tarjeta de crédito indicando que no fue autorizado y que no existe como cláusula y/o condición dentro del contrato de adhesión.

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En el caso de existir, solicita que se declare la nulidad de dicha cláusula, por ser abusiva, y exigió una indemnización por daño moral por el malestar ocasionado, por exclusiva culpa del banco BBVA, y daño punitivo por el malestar ocasionado arguyendo exclusiva culpa de la demandada.

También solicitó una medida cautelar de no innovar contra la demandada para que cese en su intento de cobro compulsivo y se le prohíba informar al Banco Central de la República Argentina (BCRA)  como deudor o en cualquier otra situación que no sea la normal que detenta hasta ese momento.

Al entender en el caso, el juez Pablo Díaz Barcia indicó que según los principios normativos la Ley de Defensa del Consumidor “es deber del banco proveer de información suficiente a sus clientes para que puedan efectuar sus transacciones bancarias con mayor seguridad y eficiencia. No puede olvidarse la particular sensibilidad que produce en cualquier cliente bancario cualquier operación bancaria”.

Por lo tanto, declaró la nulidad del cargo aplicado en la tarjeta de crédito, ordenó al BBVA dejar sin efecto la deuda atribuida al cliente y lo condenó por  150.000 pesos en concepto de daño extra patrimonial con más los intereses devengados desde inicio de estas actuaciones en fecha uno de julio de este año. Todo ello con más el pago de 500.000 pesos en concepto de daño punitivo.

Aún así, el abogado y perjudicado Juan Ignacio Santos reveló a NoticiasNet en cuanto a este pleito de Defensa del Consumidor que presentó una medida cautelar contra la mencionada entidad bancaria “la cual incumplieron, y me siguen informando como deudor, cuando la medida cautelar lo prohibía hacer”.

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