2024-10-18

DEFENSA DEL CONSUMIDOR

Una fletera arruinó muebles y ahora tiene que indemnizar a la dueña

El Juzgado de Paz de Viedma dispuso un resarcimiento de casi medio millón de pesos mas los intereses.

Una reciente controversia cayó en manos del Juzgado de Paz de esta capital ante un hecho de negligencia que sufrió una mujer que denunció a una empresa de fletes tras sufrir daños significativos en sus muebles durante un traslado. Estos muebles habían sido adquiridos en Morón, provincia de Buenos Aires por parte de la compradora durante la pandemia del coronavirus.

Lee también: https://www.noticiasnet.com.ar/noticias/2024/10/18/165503-vender-no-vende-cualquiera-marizu-noguez-y-la-importancia-de-la-formacion-en-ventas

La damnificada se vio obligada a recurrir al Área de Defensa del Consumidor de la Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro (ARTRN) y al titular del juzgado, Pablo Díaz Barcia, luego de agotar todas las instancias de negociación con Vía Cargo, la empresa que le trajo a esta capital el juego de comedor consistente en una mesa y seis sillas tapizadas en tela chenille.

Este variedad de tela es un tejido acanalado formado por una trama de hilos pequeños cortados que le da el aspecto de aterciopelado, mezcla de fibras sintéticas y naturales para garantizar resistencia y pocas arrugas. La tela chenilla tiene una buena resistencia a las manchas , especialmente cuando se trata con un acabado protector que facilita la limpieza de derrames y manchas, asegurando que sus muebles se mantengan frescos y hermosos.

Al parecer, desde la fletera la tuvieron en vueltas una vez porque al llegar el bien adquirido a Viedma, se comunican desde Vía Cargo informándole que para llevarla al domicilio debería abonar un plus en concepto de flete, sumando a ello el pago del seguro por el envío del producto. Al recibir el juego en su domicilio, personal de la empresa demandada bajó de manera muy brusca los muebles, cobrándole y dejando todo en la vereda sin dar margen de tiempo para que revisara el estado.

Posteriormente, observó los envoltorios rasgados y los paquetes muy maltratados, los abrió y se encontró que la pata de la mesa estaba toda golpeada. Al armarla se encontró que estaba toda floja y en malas condiciones, al igual que las sillas, todas golpeadas y flojas y desfondadas, lo cual le generó la frustración de no haber podido hacer un regalo de cumpleaños.

Posteriormente,  se comunicó con la empresa informado lo sucedido, y le informaron que debía hacer el reclamo donde considere pero que ellos no se harían cargo si los productos estaban mal embalados, y en las negociaciones la mencionada empresa le ofreció un monto indemnizatorio que consideró irrisorio.

Con todos los antecedentes en la mano, el magistrado inició un análisis del caso en el marco de la Ley de Defensa del Consumidor N° 24.240, condenando a la transportadora a pagar a la víctima del caso 211.151 pesos  en concepto de daño patrimonial con más los intereses devengados desde el 13 de diciembre pasado y hasta el dictado de la presente, más la suma de 120.000 pesos en concepto de daño extrapatrimonial con más los intereses devengados desde inicio de estas actuaciones en fecha 19 de diciembre de 2023 hasta el dictado de la presente. Todo ello con más el pago de la suma de 150.000 pesos en concepto de daño punitivo.

 

Te puede interesar