2024-07-09

VIEDMA

Un interno del Penal 1 pidió clemencia y descubrieron inexactitudes

Por lo tanto seguirá dentro del establecimiento o el traslado a otro, pero sin prisión domiciliaria.

El Juzgado de Ejecución Penal N° 8 de esta capital, a cargo de Shirley González, rechazó una acción de Hábeas Corpus interpuesta por un condenado, luego de comprobarse que el reclamo no dio lugar  para la habilitación de la excepcional vía intentada, toda vez que se alude a circunstancias propias de la ejecución de pena y por no  verificarse cuestiones que impliquen agravamiento de las condiciones de detención, en virtud de los fundamentos expuestos.

El análisis de la magistrada comenzó a partir de una presentación de la defensa del interno bajo el argumento de un supuesto agravamiento de las condiciones de detención, en relación a que según su defendido, peligraba su integridad física. Dijo que en el teléfono  corporativo del Juzgado se recibieron mensajes enviados por el interno, circunstancia  que fue  certificada por la secretaria del Juzgado.

Sin embargo, mediante un oficio emitido en 4 de julio pasado,  las autoridades el Complejo Penal informaron que el interno  mantuvo ese día una entrevista  con referentes a fin de interiorizarse si  en el lugar de alojamiento  actual  mantiene el condenado problemas de convivencia,  y en ese marco manifestó  no presentar conflictos  con los internos  que actualmente convive y que  solicitó   cumplir prisión domiciliaria, entendiendo  el Complejo  Penal  que no existen argumentos  que hagan entender  que la integridad  física del interno  corra riesgo y que  donde se encuentra  actualmente  alojado  no se han registrado incidentes ni problemas de convivencia.

Se informó además que de persistir  su postura, se tramitará  a través de la Dirección del Servicio Penitenciario, el traslado a otra Unidad, y posteriormente, otro oficio del establecimiento, reveló que el condenado  ha sido evaluado  por el servicio médico, se realizaron  controles  vitales  dentro los parámetros  normales  y al momento del examen  físico  el interno no quiso ser revisado por los profesionales, manifestando la necesidad  de realizar una consulta odontológica , por lo que se da aviso  al área de  odontología  para su atención.

Con todo, la jueza llegó a la conclusión de que de los informes no se  desprende  un accionar  ilegítimo  por parte de las autoridades  del Complejo  Penal como tampoco agravamiento de las condiciones de detención , por cuanto  los motivos explicitados no son causal para la habilitación de la excepcional vía intentada,  toda vez que se alude a circunstancias propias de la ejecución de pena, y no se verifica, como ya lo manifestara, el  agravamiento de las condiciones de detención  manifestadas por el interno.

 

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