Una viedmense fue estafada con sus tarjetas y vivió una odisea: hasta pagaron una boleta de luz de Misiones
Si bien en Río Negro rige una ley que prohíbe entregar las tarjetas de crédito y débito para evitar que se copien los datos y, de esa manera se realicen estafas, los casos siguen sucediendo. Los delincuentes cibernéticos están al asecho, esperando cualquier descuido, como le pasó a una mujer de Viedma.
La persona en cuestión pidió un préstamo en el Banco Hipotecario, le dieron una tarjeta de débito, la empezó a usar, pero los problemas llegaron a los dos días. Fue en el momento en el que ingresó al homebanking y vio que en vez de 133 mil pesos, le quedaban tan sólo 6 mil.
Empezó a investigar y hasta descubrió que quien cometió el delito había pagado hasta una boleta de luz de la provincia de Misiones. Fue a reclamar al banco, pero todo se transformó en una odisea. Según describe la denuncia, le hicieron llenar unos formularios detallando cada monto utilizado que no fue de su consentimiento, para enviarlo por correo electrónico a la sucursal de CABA. Y le dijeron que él mismo debía llamar a la sucursal central para hacer el descargo.
Pero eso no fue todo, porque tiempo después, cuando le llegó el resumen, se dio cuenta de que también le estaban usando la tarjeta de crédito. Ya sabiendo del tema, llamó directamente a la central, pero le dijeron que no dependía de ellos, sino de la tarjeta, y le pasaron el número para reclamar, pero sin suerte.
Con todo esto sobre la mesa, regresó a la sucursal de Viedma, ya que, supuestamente, le habían bloqueado todas las tarjetas, pero se las seguían usando. Diez días después presentó una nota formal, que no fue respondida. Solo le daban números de reclamo o seguimiento.
Finalmente acudió a la Justicia, se investigó, y en el fallo del Juzgado de Paz de Viedma se encuadró la cuestión como una situación de vulneración a los derechos del consumidor. “No existe duda alguna, en este proceso, que la parte actora reúne la calidad de consumidora de servicios financieros y la demandada es proveedora en los términos de la Constitución Nacional y de la Ley 24.240 y sus modificatorias”, reza.
“La obligación de seguridad informática y no resulta acabada por el solo cumplimiento de los recaudos promovidos por la normativa del BCRA”, indica y sigue: “El banco no realizó verificación previa para establecer o evidenciar si se trata de movimientos habituales en la cuenta según el perfil transaccional de su cliente, ni constató la identidad de quién operaba”.
Para que el fallo sea a su favor, se tuvo en cuenta que la cliente “nunca perdió su tarjeta de débito, ni la de crédito”. Entonces, “tuvo que concurrir a la entidad bancaria a desconocer los consumos en su tarjeta de débito y pedir la devolución de los mismos. Por su parte, el demandante no solamente lleno los formularios para desconocer los consumos, sino que también presento un reclamo formalmente al no tener una respuesta favorable. En los momentos en que se ha apersonado en el banco, le han ido otorgando distintos números de reclamos y/o seguimiento”.