Pidieron la impugnación de la condena a Cerda Chiaradía y Aroca por inhibidores de alarma
En abril de 2021, Iván Cerda Chiaradía y Fernando Aroca fueron acusados de robar, en Viedma, pertenencias de una Renault Kangoo mediante el uso de un inhibidor de alarmas. Sin ejercer violencia sobre el rodado, se llevaron una campera gris con paño adentro, un rollo de alambre, una tijera de podar y una antigua tijera de tusar de origen inglés.
Según la investigación y los datos recabados, con esa misma tijera, minutos más tardes, Aroca amenazó al dueño de una Toyota Hilux para robarle. Este último episodio ocurrió en la calle Sarmiento a 300, también de la capital rionegrina. Con los dos detenidos, a fines de mayo de este año finalizó la etapa oral.
En julio de este año, en la audiencia que se llevó a cabo en Tribunales, se pidió 12 años de presión para ambos. Sin embargo, este martes 13, se volvieron a reunir las partes y el abogado defensor, Aldo Bustamante, se opuso a esa condena que recae sobre su defendido -Aroca- y dio sus motivos.
“En ninguno de los testimonios en su oportunidad, en que se tuvo la oportunidad de escuchar y repreguntar, encontramos que en ningún momento se logró distinguir lo ocurrido en la camioneta Kangoo. No hay elementos probatorios, ya sean cámaras, testimonios. Solamente hay una manifestación por parte de la víctima”, comenzó el letrado defensor.
Luego intentando sacarlo de la escena, agregó: “Solamente hay que en el interior del automóvil en el cual circulaba Cerda Chiaradía, pareciera que se encontraba otra persona. No se puede agregar esto de una sentencia a circunstancia de participación de una persona que no está probado que haya estado en el lugar”.
En tercer lugar, se refirió los elementos supuestamente sustraídos. Puntualmente, a la tijera de tusar, la que habría sido utilizada para el segundo atentado. “Se disocia la tijera como la herramienta para la apertura de una gaveta a tener la tijera como la herramienta para intimidar a la víctima. Recuerdo que el único testimonio que existe entre la utilización de esa tijera como elemento para amedrentar a la víctima es únicamente el de la víctima. No se dan las consideraciones necesarias y los elementos suficientes como para poder identificar a Cerca Chiaradía en lo que respecta al segundo hecho”.
“Estas circunstancias que se dieron en ningún momento tuvieron tanto a Aroca como a Cerda Chiaradía de poder disponer de acuso, siempre fueron pasajeros. Durante el camino fueron descartando las cosas hasta llegar al automóvil y ya montados en el automóvil se dan a la fuga y son perseguidos por persona policial”, agregó.
Tras su descargo, comunicó su pedido de cambiar la carátula a "robo en grado de tentativa. Esto cambiaría la sentencia a 5 y 2 años. “Es una revocación oficial y, por otra parte, con respecto al primer hecho, el señor Aroca no participó. Y respecto a las tijeras no comprenden a ambos, porque ambos son consortes en este asunto”.
En el transcurso de los próximos días, los jueces que entienden en la causa -Adrián Zimmermann, María Custet Llambi y Carlos Mussi- decidirán si le dan lugar al pedido. Se avecinan instancias finales y cada paso el clave.