2021-04-05

Nueve personas fueron infraccionadas por participar de la fiesta clandestina

Podrían ser sancionados por “incumplimiento de las normas relacionadas, con la prevención de las enfermedades transmisibles", según el artículo 46 del código contravencional.

El director de Inspección General de la Municipalidad de Patagones, Sergio Iturrioz, confirmó que tras desbaratar una fiesta clandestina en Carmen de Patagones, nueve personas fueron identificadas, de las más de 40 que había y se les labró una infracción por “incumplimiento de medidas de prevención y o transmisión de enfermedad”.

Cabe señalar que al igual que el año pasado, donde en una fiesta pequeña hubo varios contagiados de COVID19, esta vez también había vecinos de Viedma en el clandestino festejo. 

Fiesta

Consultado al respecto, el funcionario municipal informó que el hecho ocurrió el sábado a la madrugada, alrededor de las 5.30, cuando personal de Policía Comunal recibió un llamado alertando de una fiesta clandestina y ruidos molestos en la calle Perito Moreno al 100.

Con ese dato acudió al lugar un patrullero y constató la veracidad de la denuncia.

Según relató Iturrioz, al llegar el personal policial “se encontró con la fiesta y con gente en la calle que escapaba luego de ver el patrullero. Entonces dieron aviso al área de Inspección General y nos presentamos”.

En el lugar “se pudieron identificar a nueve personas y se les labró un acta de infracción que fue elevado al Juzgado de Faltas para que tome intervención. Son todos mayores de edad, cuatro de Viedma y cinco de Carmen de Patagones”.

Dichas personas “quedaron a disposición del Juzgado de Falta de la Municipalidad de Patagones que resolverá su situación. De todos modos ésta gente tiene la posibilidad de hacer su descargo. Seguramente habrá notificaciones y se deberá cumplimentar todos pasos burocráticos hasta llegar a una posible sanción”.

https://www.noticiasnet.com.ar/nota/2021-4-5-12-53-0-no-entran-en-razon-en-patagones-tambien-hubo-una-fiesta-clandestina-en-una-casa

Consultado por la infracción labrada, informó que “es al artículo 46, incumplimiento de medidas de prevención y o transmisión de enfermedad”.

Según remarcó el funcionario, “este tipo de infracciones son cada vez más seguidas, gracias a la denuncia de vecinos pudimos avanzar y labrar actas de infracción, ahora todo queda en manos de la Justicia”.

Articulo 46

Dicho articulado remarca que “el incumplimiento de las normas relacionadas, con la prevención de las enfermedades transmisibles y en general, la falta de desinfección o destrucción de agentes transmisores, será sancionado con multa de 2 a 20 módulos y/o arresto de hasta 30 días”.

Según el código contravencional “queda establecido que el “módulo” y el litro de gas-oil son las unidades de sanción, siendo en el primer caso, igual al equivalente en dinero del cinco por ciento (5%) del sueldo inicial del “personal administrativo” de esta Municipalidad”.

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