Rechazaron suspensión de juicio a prueba por el crimen del barrio Zatti
La Justicia falló en contra del pedido que hizo el abogado defensor del penitenciario que en noviembre pasado mató a un joven en el barrio Zatti.
Por este crimen, está imputado y detenido Mario Andrés Huichaqueo quien prestaba funciones en el Complejo Penal 1 del Servicio Penitenciario Provincial.
El pedido era la suspensión del juicio a prueba, por considerar que se trata de un homicidio culposo. Es decir, que no hubo intención de matar.
Sin embargo, el pedido no tuvo lugar ya que el juez de Juicio, Ignacio Gandolfi, hizo lugar a los argumentos del Ministerio Público Fiscal y rechazó el pedido.
El caso sigue calificado como homicidio agravado por el uso de armas y abuso de armas. Y la pena posible incluye cárcel efectiva.
Los hechos se produjeron en el barrio Zatti en noviembre del año pasado.
El abogado del penitenciario Damián Torres argumentó tal pedido destacando que “los delitos endilgados al principio de la investigación han mutado”. “No hay dudas de que estamos hablando de un homicidio culposo”, expresó. Mencionó los hechos previos a a muerte recordando, entre otros datos, que la víctima había ingresado a la vivienda de la madre del imputado con intención de robar.
Continuó presentando su teoría del caso, explicó la trayectoria de la bala y destacó que “no estamos en un homicidio doloso sino un culposo sin dudas”.
Como pautas para la suspensión del juicio a prueba detalló “la prohibición de contacto con la familia de la víctima, el pedido de disculpas o aquello que la familia considere reparadora del daño, la asistencia del acusado a un curso y un tratamiento que mejor su condición psicológica y la auto inhabilitación para maniobrar armas”.
Agregó además que se dará a la familia de la víctima la suma de 100.000 pesos como reparación y en caso de que no sean aceptados, serán donados al Hospital local y que el hombre realizará trabajos comunitarios en la órbita del Senaf.
El Fiscal Jefe Juan Pedro Peralta, se opuso a tal pretensión recordando que, actualmente, “los cargos están formulados por un delito cuya escala penal prevista hace imposible pedir la suspensión de juicio a prueba”.
Aclaró que no se discute que la bala que produjo el deceso haya sido producto de un rebote pero recordó que ese solo dato “no convierte automáticamente el disparo como elemento de un homicidio culposo” y que además de ese se corroboraron doce disparos más efectuados con el arma reglamentaria del acusado que era empleado policial.
“No creo que haya elementos contundentes para poder explicarle a la madre de la víctima que su hijo se murió en el medio de un conflicto, por el disparo accidental realizado con un arma reglamentaria”, finalizó antes de enfatizar que el planteo debía ser considerado inadmisible y ser “descartado de plano”.
Finalmente el Juez rechazó el planteo por lo que la causa avanzará al control de acusación correspondiente.