2019-11-05

Instalación del Sistema de Aro Magnético en lugares públicos

Destinado a cines, teatros, aula de cada escuela, lugares públicos administrativos o cualquier otro lugar o establecimiento público o privado –cerrado o abierto- habilitado por la autoridad municipal

Por iniciativa de la concejal radical Paola Casadei este martes el Concejo Deliberante de Viedma abordará un proyecto de Ordenanza que propone adherir a la ley provincial 5005, de Obligatoriedad de la instalación del Sistema de Aro Magnético en teatros, cines, auditorios, aulas escolares, lugares públicos administrativos, establecimientos públicos o privados habitados por la autoridad municipal.

El aro magnético es un dispositivo que permite a los hipoacúsicos disfrutar sin interferencias de un espectáculo cultural. Aunque una ley de 2005 estableció su obligatoria instalación en los teatros y cines de la ciudad, la mayoría de las salas sigue sin incorporarlo.

El proyecto

Al fundamentar su proyecto, Casadei explicó que “los Estados están obligados a dictar textos legales que protejan los derechos de las personas con discapacidad y que se encuentran garantizados en nuestro sistema jurídico en sus tres niveles: nacional, provincial y municipal”.

En nuestra localidad “las personas con discapacidad auditiva o hipoacúsicas constituyen una parte de la población a la cual le debemos la creación de textos legales que les permitan vivir en comunidad con la independencia, la igualdad y el trato digno al que tienen derecho”.

El 30 de octubre de 2014 la Legislatura provincial sancionó la ley 5005 “que establece que en establecimientos públicos y privados que brinden espectáculos o se brinden clases, capacitaciones están obligados a contar con un Sistema de Aro Magnético que permita la audición sin interferencia a las personas hipoacúsicas”.

Según afirmó, ”a pesar de contar con este texto, no existen antecedentes que certifiquen que salas de eventos, teatros o cines y principalmente los establecimientos educativos de las localidades de la provincia hayan incorporado esta tecnología accesible que cambia la vida de muchos”.

De ser aprobada la iniciativa y puesta en marcha por el Ejecutivo, “la autoridad de aplicación de lo normado en el artículo 1º es la Subsecretaría de Desarrollo Humano”.

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