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12/10/2026

Libre elección en el Ipross: intensifican el trabajo en la reglamentación para que sea efectiva a inicios de año

La presidenta de la obra social provincial, Ivana Porro, confirmó que avanzan a paso firme en la letra chica de la nueva ley aprobada por la Legislatura.
Se analizan plazos de permanencia, requisitos de traspaso y mecanismos de resguardo para los fondos de alta complejidad. Foto: Archivo de NoticiasNet.
Se analizan plazos de permanencia, requisitos de traspaso y mecanismos de resguardo para los fondos de alta complejidad. Foto: Archivo de NoticiasNet.

Tras la reciente sanción parlamentaria de la ley que pone fin a la afiliación obligatoria en el Instituto Provincial del Seguro de Salud (Ipross) en Río Negro, la conducción de la obra social concentró todos sus esfuerzos técnicos en el proceso de reglamentación.

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El objetivo central de esta etapa es definir la arquitectura operativa que le permitirá a miles de trabajadores estatales rionegrinos ejercer el derecho de opción sobre su cobertura médica sin descuidar el financiamiento del sistema.

En diálogo con Radio Noticias (105.5 MHz), la presidenta del Ipross, la contadora Ivana Porro, brindó detalles sobre la labor que se ejecuta desde el organismo para poner en marcha la norma impulsada por el Poder Ejecutivo.

"Ya estamos trabajando intensamente sobre la reglamentación de la ley aprobada. Se están estableciendo los plazos de permanencia, los requisitos formales que deberán cumplir los afiliados y los mecanismos de notificación fehaciente para que cada persona sepa con claridad qué cobertura deja y qué servicios pasa a tener", señaló Ivana Porro.

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Aunque la ley fija un marco legal de 120 días para su reglamentación, la titular del Ipross anticipó que la meta interna del equipo técnico es reducir ese plazo a la mitad para garantizar previsibilidad.

"Prevemos tener la reglamentación lista en 60 días. De esta manera, aseguramos que en el arranque del próximo año la libre elección sea plenamente efectiva en toda la provincia", afirmó la funcionaria.

Uno de los puntos clave en la confección de la reglamentación es el esquema financiero que regulará la transición de quienes decidan derivar sus aportes. La normativa establecerá el procedimiento por el cual el afiliado obligatorio, tanto en actividad como pasivo, solicitará el traspaso del 4% correspondiente a su aporte personal de descuento salarial para aplicarlo a la cobertura médica pública o privada que elija.

Asimismo, el articulado reglamentario dejará asentado de forma explícita que la contribución patronal del 7% prestada por el Estado provincial permanecerá de manera inamovible en el Ipross.

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"El 7% patronal que aporta el Estado queda en las arcas de la obra social. Ese fondo es el que financia al afiliado oncológico, al afiliado crónico y a quienes requieren prestaciones por discapacidad. La reglamentación equilibra el derecho a elegir de cada trabajador con la sustentabilidad del sistema de salud pública", concluyó Porro.

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