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06/10/2026

Cambian las reglas para los alojamientos turísticos en Viedma: qué deben informar y qué multas rigen

La modificación del régimen para casas y departamentos de alquiler temporario ya está vigente.
Entre los cambios se incorporan nuevas obligaciones de información, requisitos de seguridad y un esquema de multas para determinadas infracciones. Foto: Archivo.
Entre los cambios se incorporan nuevas obligaciones de información, requisitos de seguridad y un esquema de multas para determinadas infracciones. Foto: Archivo.

Los cambios introducidos al régimen de alojamientos turísticos de Viedma ya rigen a partir de la entrada en vigencia de la ordenanza que modificó distintos artículos de la normativa que regula las casas y departamentos destinados al alquiler temporario en la ciudad, y mas específicamente en el balneario El Cóndor.

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La nueva disposición actualiza el régimen que se encontraba vigente desde hace tres años y establece modificaciones vinculadas con los permisos, las habilitaciones comerciales, los requisitos de seguridad, la información que deben aportar los prestadores y las sanciones ante eventuales incumplimientos.

Uno de los principales cambios está relacionado con la información que deberán brindar los propietarios, administradores o encargados. Cuando sea requerida por la subsecretaría de Turismo, deberán informar datos sobre la ocupación y disponibilidad de los inmuebles, además de otros datos vinculados con los visitantes, como su procedencia o el motivo del viaje.

La medida busca que el organismo municipal pueda contar con información estadística para la planificación turística. El alojamiento constituye uno de los componentes centrales de la actividad y los propios relevamientos municipales muestran el impacto que puede generar el movimiento de visitantes.

Por ejemplo, durante el segundo Clasificatorio Provincial de Vóley Sub 14, realizado en agosto, Viedma registró una ocupación hotelera del 85%, frente a un promedio habitual del 30% para ese mes. El evento movilizó a 850 visitantes externos y generó, según el informe municipal, $71,25 millones en alojamiento.

Otro de los cambios establece una diferenciación según la cantidad de unidades que tenga cada propietario. Quienes cuenten con hasta tres casas o departamentos destinados al alquiler turístico podrán tramitar un único permiso turístico gratuito.

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En cambio, quienes tengan cuatro o más unidades funcionales de alquiler temporario en una misma superficie de terreno deberán tramitar una habilitación comercial ante el área municipal correspondiente.

La ordenanza también modifica los requisitos vinculados con la seguridad de las unidades. Para las instalaciones de gas y electricidad deberán presentarse informes de aptitud emitidos por profesionales matriculados, en los que se certifique la correcta instalación y las condiciones para su utilización.

Las multas que establece el nuevo régimen
La modificación incorpora además un régimen específico de infracciones y sanciones. Entre las conductas contempladas se encuentran no contar con permiso turístico o habilitación comercial, no llevar los libros de entrada y salida de huéspedes o de reclamos, no informar la ocupación cuando sea requerida, obstaculizar las tareas de los inspectores y no comunicar transferencias, ventas o cierres del establecimiento.

También se consideran infracciones la mala conservación del inmueble, cobrar tarifas superiores a las pactadas con los clientes y presentar información errónea ante el organismo de control, los huéspedes o el público.

Las multas fueron incorporadas a la ordenanza tarifaria y quedaron establecidas en Unidades Fijas (UFS), una referencia utilizada por el Municipio para actualizar los montos de las sanciones. Su valor equivale al precio del litro de nafta súper informado por el Automóvil Club Argentino (ACA) en Viedma, por lo que el monto en pesos puede variar a medida que se actualiza ese precio.

La falta de permiso turístico o habilitación comercial puede recibir una sanción de entre 100 y 400 UFS, mientras que no informar la ocupación requerida puede implicar entre 100 y 200 UFS.

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Por obstaculizar una inspección se establecen multas de entre 100 y 150 UFS y por cobrar tarifas superiores a las pactadas, de 100 a 400 UFS. Para otras infracciones, como no llevar los libros correspondientes o no informar modificaciones edilicias o de servicios, las escalas parten de las 50 UFS.

Además de las multas, el Juzgado Administrativo de Faltas podrá aplicar apercibimientos, inhabilitaciones o clausuras, de acuerdo con la gravedad y las circunstancias de cada incumplimiento. 

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