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23/09/2026

Caballos sueltos en la Ruta Nacional 250: una situación de riesgo dio lugar a una alerta

Hubo un tirón de orejas para el dueño, luego de una intervención de la Policía de Río Negro.
Actuó personal del destacamento Cubanea para que no haya problemas en la circulación vehicular. Foto NoticiasNet (archivo).
Actuó personal del destacamento Cubanea para que no haya problemas en la circulación vehicular. Foto NoticiasNet (archivo).

La presencia de dos caballos sueltos sobre la banquina de la Ruta Nacional 250, a la altura del kilómetro 13, motivó la intervención policial y la apertura de un expediente contravencional en Guardia Mitre. El episodio puso nuevamente en evidencia los peligros asociados a los animales sueltos en la vía pública, especialmente en rutas donde los vehículos circulan a velocidades elevadas y cuentan con poco margen de maniobra ante la aparición repentina de un equino.

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Luego del operativo por parte del personal de la Policía de Río Negro en el destacamento Cubanea; que tuvo que retirar los equinos, de pelaje “moro” y “gateado”, como forma de prevenir y evitar accidentes ingresándolos al lugar desde donde se habían salidos hacia la ruta, tomó intervención el juzgado de Paz de la vecina localidad donde los efectivos informaron que  los animales se habían cruzado de un lado a otro en reiteradas oportunidades, con el riesgo que eso implica.

Por ese motivo, las autoridades judiciales convocaron al propietario quien admitió su responsabilidad, aunque salió al cruce de la versión policial argumentando que “es la primera vez que se salieron hacia la ruta, se debió a un descuido, y que no volverá a suceder”.

En la oportunidad se le manifestó que existen leyes provinciales que se encuentran en vigencia que prohíben la circulación de animales sueltos en la vía pública por el peligro que eso implica, se trata de concientizar y prevenir que estos hechos no sucedan, y que el rápido accionar policial impidió que se ocasione un accidente.

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El artículo 43 de la Ley Contravencional N° 5592 dice: ”Custodia de Animales”. Es punible la persona dueña y/o encargada de la custodia de animales que ocasionen daño a la integridad física de las personas, y que no hubiesen adoptado las medidas de precaución necesarias para evitar perjuicios. Es admisible la comisión culposa de la falta. El nuevo código contravencional solo tiene penalidades en caso de daño a la integridad física de personas.

Si bien el juzgado de la vecina localidad resolvió sobreseer en este caso al propietario de la mencionada zona de campos, le advirtió que esté en alerta frente a la peligrosidad de existencia de animales sueltos en la vía pública.

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