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12/08/2026

Vejaciones en el Penal de Viedma: qué penas pidieron para dos penitenciarios

En la audiencia de cesura, Fiscalía y defensas argumentaron sobre las penas que deberían cumplir.
Dos agentes del Servicio Penitenciario fueron responsabilizados por golpear y provocar lesiones a un interno del Complejo Penal de Viedma. Foto: Archivo de NoticiasNet.
Dos agentes del Servicio Penitenciario fueron responsabilizados por golpear y provocar lesiones a un interno del Complejo Penal de Viedma. Foto: Archivo de NoticiasNet.

En la jornada de este miércoles se realizó el juicio de cesura correspondiente al debate en el que dos agentes del Servicio Penitenciario fueron responsabilizados por el delito de vejaciones contra un interno del Complejo Penal de Viedma.

Durante la audiencia se escucharon algunos testimonios y luego las partes expusieron sus argumentos en relación con las penas que consideran que corresponde imponer.

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La fiscal Paula Rodríguez Frandsen fue la primera en formular sus alegatos. Recordó que el hecho ocurrió el 5 de septiembre de 2025, durante tareas de desinfección en el sector de celdas. Según lo planteado por la acusación, esas tareas culminaron con el traslado del interno a un sector de aislamiento, donde sufrió diversas lesiones físicas.

La Fiscalía consideró como un elemento para determinar la pena la prolongación de los hechos en el tiempo. Sostuvo que el episodio comenzó en una celda y continuó durante el traslado al sector mencionado, y que en ambos espacios se utilizó fuerza física y distintos elementos para concretar las vejaciones.

En ese sentido, Rodríguez Frandsen remarcó que los hechos ocurrieron en un contexto en el que el personal penitenciario tenía dominio sobre la integridad de la persona detenida.

La acusación también se refirió a la magnitud del daño provocado. Destacó el relato de la propia víctima sobre el sufrimiento padecido, las secuelas certificadas por una enfermera del complejo penal y el testimonio de la madre respecto del estado en que se encontraba el hombre y su estado anímico posterior.

Además, la Fiscalía sostuvo que ambos responsables son personas adultas, con conocimiento de sus acciones y de las consecuencias de cometer un delito, especialmente en función de las tareas que desempeñaban. Consideró que actuaron con la finalidad de causar daño a una persona a la que debían proteger.

Penas diferentes para los dos agentes

La Fiscalía solicitó para uno de los condenados dos años de prisión en suspenso y cuatro años de inhabilitación.

Para el otro, en cambio, requirió dos años y cuatro meses de prisión efectiva y el doble de tiempo de inhabilitación. La diferencia fue fundamentada en la existencia de antecedentes penales por hechos de similares características y en un historial de rencillas con el interno.

Qué plantearon las defensas

La abogada particular Andreina Barrionuevo fue la primera en desarrollar los argumentos de la defensa. Cuestionó el dolo planteado por la Fiscalía y la valoración de los elementos utilizados durante el procedimiento. Señaló que el equipamiento mencionado era reglamentario y estaba destinado a tareas de protección.

También sostuvo que no se acreditó la existencia de un daño psiquiátrico y solicitó una pena de un año de prisión. Respecto de la inhabilitación, pidió que no impida de manera total la continuidad laboral de su asistido, sino que quede limitada a la portación de armas y a funciones vinculadas con el cuidado de personas.

El defensor oficial Pedro Vega adhirió a esos argumentos y cuestionó la valoración de los testimonios de familiares para dimensionar el daño. Planteó que las referencias a la angustia del hermano y a las situaciones de salud de la madre y la abuela no podían atribuirse a su asistido ni estaban acreditadas de manera independiente.

También sostuvo que las consecuencias vinculadas con el aislamiento no podían imputársele a su defendido, ya que no fue él quien decidió dónde alojar a la víctima ni quien efectuó su traslado.

Vega destacó además el nivel de instrucción de su asistido y los testimonios de compañeros y compañeras de trabajo, quienes lo describieron como una persona "sin conflictos, agradable y correcta".

A su vez, valoró la declaración de una trabajadora social referente de la oficina de servicio social, quien realizó un informe socioambiental y señaló que el hombre tiene a su cargo el sostenimiento económico y el cuidado de su hijo.

El defensor también se refirió a una ausencia a una instancia procesal mencionada por la Fiscalía como un elemento para agravar la situación de su asistido. Explicó que esa ausencia se produjo porque debió ir a buscar a su hijo y rechazó que esa circunstancia fuera utilizada para imponer una pena mayor.

Finalmente, sostuvo que la sanción debe ser proporcional a la gravedad del delito y no generar un daño excesivo. Solicitó la pena mínima de un año de prisión y la inhabilitación por el doble de ese plazo, circunscripta a tareas que impliquen contacto con personas privadas de la libertad.

Antes de finalizar la audiencia, ambos condenados hicieron uso de la palabra.

Luego, el juez de juicio Ignacio Gandolfi determinó el cierre del debate. La pena que finalmente se impondrá a cada uno de los dos agentes se conocerá la próxima semana.

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