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11/12/2025

Avanza la investigación por una presunta estafa con una herencia familiar

Se trata de una denuncia penal pública que se convirtió en acción privada.
Audiencia por presunta estafa con una herencia familiar. Fotos Vanesa Schwemmler para NoticiasNet.
Audiencia por presunta estafa con una herencia familiar. Fotos Vanesa Schwemmler para NoticiasNet.

En la mañana del jueves, 11 de diciembre, se desarrolló una audiencia que acaparó todas las miradas. Fue en la Sala 5 del Poder Judicial en Viedma, donde se enfrentaron ni más ni menos que una madre con su hija por una disputa de herencia. 

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El proceso se encuadra en el delito de estafa, que fue investigado por la Fiscalía durante un año y se decidió su archivo por falta de recursos, en un caso que a priori no tiene interés político-criminal para que se lleve a cabo con recursos del Estado. 

En este sentido, la querella a cargo de Damián Torres y Claudia Pichiñán pidió la conversión de la acción penal pública en privada, lo cual fue concedido en esta jornada. Tané Silvana Salvatore Tarolli denunció a su madre Virna María Loredana Tarolli Figliozzi (dueña del complejo de Libra y otros dominios) y a su padrastro Donald Roberto Domínguez. 

En específico, el fallecido Elio César Figliozzi le otorgó mediante un testamento una suculenta herencia a su sobrina Virna y a su sobrina nieta Tané, en partes iguales. A Tané le dejó las premisas de que debía cumplir mayoría de edad y debía seguir una carrera terciaria (se recibió de abogada). En esos primeros años, Virna sería la administradora salvaguardando la parte que le correspondía a su hija.

Lejos de esto, según la acusación, entre el 9 de julio de 2017 y el 2 de febrero de 2024, Virna -supuestamente- dilapidó la herencia junto a su nueva pareja Donald Domínguez, dejándole solamente dos alquileres a Tané.

El abogado Torres relató que la pareja "percibió de manera exclusiva e ilegal, sin autorización ni rendición de cuentas, los frutos y bienes derivados de contratos de locación, de arrendamiento de bienes e inmuebles en la parte que le correspondía a la víctima. Es decir, cobró todo lo suyo y también lo de Tané". 

En esta línea, se vendió una fracción de lotes en un complejo denominado "Pampas Río Negro", sobre el kilómetro 20 de la ruta Provincial 1, camino a El Cóndor y Tané no recibió parte de sus ingresos, en detrimento de su coherencia. 

Asimismo, en el mismo período, se le imputa a Virna a título de autora "haber simulado contratos de comodatos a los efectos de ocultar verdaderas locaciones onerosas, ocultó contratos y cobró en efectivo cánones locativos y por ventas, sin registrarlos y sin rendirlos. Incumplió reiteradamente la obligación legal y judicial de rendir cuentas. Así, ese dinero lo utilizó para fines personales como viajes al exterior, entre ellos Estados Unidos".

En el caso de Domínguez se lo acusa como partícipe necesario, ya que "en el mismo período, primero en su calidad de administrador de la sucesión, abusó de la confianza de Tané por ser la pareja de su madre y colaboró con Virna para la realización de todos los actos de administración y disposición del patrimonio".

Además, remarcó que "ambos imputados mantuvieron a la víctima en situación de dependencia económica, aprovechando esa asimetría de poder en la cual se encontraba, con la finalidad de seguir administrando ellos el acervo hereditario y seguir obteniendo réditos económicos, perjudicando a los intereses confiados". 

El perjuicio patrimonial aproximado de toda esta conducta ronda en 395 mil dólares, por lo montos no entregados en concepto de alquileres, arrendamientos rurales y ventas de lotes rurales y de desarrollo urbanístico. Se destacan más de 20 inmuebles, campos y el usufructo del alquiler del complejo de Libra, hoy Joker. 

En resumen, en el período que Tané era menor de edad, "se apropiaron de todo con provecho personal. Tané hoy tiene bajo peso y está bajo tratamiento psicológico y tuvo toda una afectación en su vida personal, que le generó un desgaste". 

Estos hechos quedaron tipificados como administración fraudulenta o infiel a título de autor por parte de Virna y partícipe necesario por parte de Domínguez, con la sumatoria de violencia contra la mujer por violencia económica.

Torres indicó que se hicieron allanamientos donde se encontraron los distintos documentos de los lotes, pero faltaba más evidencia, como una pericia de caligrafía para establecer las firmas, una pericia contable que el Ministerio Público nunca llevó adelante, la investigación de los detalles de la administración del sucesorio y una pericia psicológica.

"Hoy Tané vive con menos de 1 millón 500 mil pesos que son dos alquileres con los que puede vivir. Mientras que los imputados recorrieron el mundo. Tané hoy está separada, sola, con hijos, y sigue en esta situación", precisó.

La palabra de la defensa

La defensa de Virna, Nalú Ezequiel Castro, a su turno dijo: "Es una causa de más de un año y hemos hecho prórrogas para solucionar el conflicto, con una madre con su hija y un hombre que se comportaba como padre" y expuso: "Nunca se hizo una presentación en la vía civil, que es la vía donde debe resolverse esta cuestión de naturaleza familiar y civil". 

Además, puntualizó: "En nuestro Código está autorizada la conversión de acción penal pública a privada, pero no hay un procedimiento determinado para este caso y la aplicación del instituto debe ser restrictivo y no amplio, sino se habilitaría cada vez que el Ministerio Público archive una causa". 

El otro defensor, Franco Pulichino amplió: "La conversión pública a privada es una figura controversial, de escueta legislación en nuestro Código Procesal que tiene apenas una oración. La conversión dota de facultades a la víctima, que tiene un interés subjetivo en el caso, de herramientas que posee el Ministerio Público Fiscal que tiene un deber objetivo y cumple funciones públicas". 

En el medio de esta alocución, la imputada Virna rompió en llantos por varios minutos, mientras que su hija hizo ademanes con la cabeza para un lado y para el otro, como una mueca de incredulidad.

El veredicto del juez

Se procedió a un cuarto intermedio de diez minutos y luego el juez Martín Brussino Kain dio lugar a lo pedido por la querella, la conversión de acción penal pública a privada fue una realidad. En esa línea, el magistrado narró: "La querella ha dado razones de su petición y el derrotero del proceso. No ha sido controvertido que la Fiscalía decidió archivar las actuaciones, contra eso la querella pidió la revisión al fiscal jefe y él pidió la conversión de pública a privada. Por lo que corresponde la conversión en los casos de archivos. Incluso en casos de desestimación de la Fiscalía se puede hacer una conversión".

"El Doctor Pulichino dijo que esta figura tiene una línea y sí es una línea. Es cierto que otros ordenamientos procesales, como el de Neuquén, decidió no incluirlo, pero el de Río Negro no sólo lo incluyó, sino que también no lo limitó, ni a delitos, ni a partes", completó.

Brussino Kain remarcó: "La Fiscalía por política criminal dijo que esto debería resolverse en otro ámbito, porque no tiene interés político-criminal, pero le presta el saco de la Fiscalía a la querella. No investiga a esta causa por la política criminal y por recursos del Estado. No obstante, como el Código le da herramientas al querellante, dejo que lo haga la querella. Diferente hubiera sido el razonamiento si la Fiscalía hubiera dicho que no había delito". 

Por último, la defensa pidió que se devuelvan documentos necesarios para actividades propias de los imputados, por lo que se hará una copia de cada papel y se devolverán los originales a la demandada. 

Respecto a los plazos para investigar, se fijó una fecha de seis meses; es decir, habrá tiempo hasta el 11 de junio de 2026. 

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