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06/08/2025

Habrá una nueva audiencia por el caso del oficial de la Policía de Río Negro, muerto en una instrucción

La noticia despertó una molestia en la familia de Gabriel Mandagaray, quien se ahogó en un curso del COER en Bahía Creek en 2021.
Gattoni, Contreras y Nahuelcheo, quienes debían velar por la vida de Mandagaray. Fotos NoticiasNet.
Gattoni, Contreras y Nahuelcheo, quienes debían velar por la vida de Mandagaray. Fotos NoticiasNet.

El martes 2 de septiembre, a partir de las 9, en el Auditorio del Poder Judicial en Viedma se volverá a tratar el Caso Mandagaray. El Superior Tribunal de Justicia (STJ), se expresará en torno a un segundo fallo del Tribunal de Impugnación (TI).

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A pesar de la molestia y bronca que se supo que hay en la familia, fuentes oficiales indicaron que se trata de una instancia judicial formal, propia de un circuito de apelaciones e impugnaciones. Y aún queda pendiente el tratamiento en la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), sin plazos estipulados.

Los antecedentes

El TI II confirmó las condenas contra cuatro integrantes del Cuerpo de Operaciones Especiales y Rescate (COER) por la muerte de Gabriel Mandagaray, ocurrida durante un curso de capacitación del grupo epecial COER en Bahía Creek durante abril de 2021.

La resolución se dio luego de que el STJ anulara las condenas iniciales y ordenara una nueva revisión por parte del TI, pero con una conformación distinta, para analizar de manera integral y exhaustiva cada una de las responsabilidades.
La sentencia de este segundo Tribunal de Impugnación ratificó la responsabilidad penal de los imputados, al considerar que las condiciones inhumanas a las que fue sometido el joven aspirante, sumadas a la negligencia y la imprudencia de sus superiores, fueron determinantes en el desenlace fatal.

El fallo rechazó los recursos de impugnación presentados por las defensas de Maximiliano Vitali Méndez, Alejandro Gabriel Gattoni y Alfredo Roberto Nahuelcheo, quienes fueron condenados por abuso de autoridad y homicidio culposo.

Sin embargo, en el caso de Marcelo Ariel Contreras, el Tribunal hizo lugar parcialmente a su pedido y redujo su pena a tres años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial para el desempeño de funciones policiales.

Se recuerda que por este caso había una pena de 4 años y 10 meses de prisión a Alejandro Gattoni, quien era el jefe del COER y coordinador general en el territorio. Se le sumó una inhabilitación para ejercer funciones policiales por el doble del tiempo, accesorias legales y costas.

En el caso de los instructores, Alfredo Nahuelcheo recibió la pena de 4 años y medio de prisión y el doble de tiempo de inhabilitación; y Maximiliano Vitali Méndez 4 años y 3 meses de cárcel y 8 años de inhabilitación.

No fue un hecho aislado

La investigación judicial y el juicio acreditaron que la muerte de Gabriel Mandagaray no fue un hecho aislado ni un accidente fortuito, sino el resultado de una serie de decisiones y conductas irresponsables por parte de los instructores y del coordinador del curso.

En primer término, se preguntó si era necesario analizar todos los días de entrenamiento en condiciones extremas y de maltrato para entender el desenlace o bien, como expusieron las defensas, solo el ejercicio final.

Testigos del hecho declararon que, en el momento del ejercicio, Mandagaray se encontraba visiblemente agotado y desesperado, tragando agua y hundiéndose debido al peso del equipo. A pesar de los pedidos de auxilio de sus compañeros, la asistencia tardó en llegar y finalmente el joven murió ahogado.

El Tribunal concluyó que los imputados tenían pleno conocimiento de las condiciones extremas a las que estaban sometiendo a los aspirantes, y que el desenlace fatal era previsible y evitable. Además, la sentencia destaca que el ingreso al mar sin medidas de seguridad representó un riesgo innecesario y contrario a los protocolos.

Uno de los puntos claves del fallo es la consideración de que no se trató de una sola acción negligente, sino de una cadena de decisiones erradas que fueron acumulando factores de riesgo. Se menciona que el coordinador del curso, Alejandro Gabriel Gattoni, incumplió la normativa al cambiar el lugar del entrenamiento sin autorización, lo que generó un contexto aún más adverso para los cursantes.

Los jueces destacaron también la responsabilidad de los instructores Maximiliano Vitali Méndez y Alfredo Roberto Nahuelcheo, quienes participaron activamente en la dinámica de maltrato y sometimiento a los aspirantes. Entre otras conductas humillantes, se acreditó que hicieron orinar a Mandagaray en la espalda y obligaron a los cursantes a untarse excremento de animales en el rostro.

Por su parte, Marcelo Ariel Contreras, aunque menos involucrado en las decisiones críticas, también fue señalado como partícipe del esquema de abuso de autoridad y negligencia generalizada. No obstante, su condena fue atenuada, dado que intentó auxiliar a Mandagaray cuando la situación se volvió desesperante.

Las partes

La fiscalía está representada por el fiscal general Fabricio Brogna y el fiscal del caso, Guillermo Carlos Ortiz. En cuanto a la defensa, el policía Alejandro Gabriel Gattoni es defendido por los abogados Oscar Pineda, Pablo Iribarren y Fernando Ramoa. Marcelo Ariel Contreras cuenta con la asistencia del abogado Favio Martín Igoldi; Alfredo Roberto Nahuelcheo es defendido por Manuel Maza y Luciano Perdriel; y Maximiliano Ariel Vitali Méndez por Ernesto Saavedra. Además, interviene el Defensor General Ariel Alice.

La querella, que representa a los querellantes Elsa Adriana Fabi, Antonio Jesús Mandagaray y Sofía Micaela Villalba, está a cargo de los abogados Damián Torres y Claudia Pichiñan.  

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