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VIEDMA

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14/11/2024

Autorizan a una mujer a eliminar el apellido paterno por antecedentes de violencia

El fallo otorga la identificación materna y refiere a los derechos a la identidad personal y emocional en situaciones de violencia, permitiendo que las personas puedan desligarse de un apellido que les recuerda experiencias dolorosas.
 La solicitante se identifica con su apellido materno.
La solicitante se identifica con su apellido materno.

El Juzgado de Familia N° 5 de Viedma, a cargo de Ana Carolina Scoccia, hizo lugar a una demanda en favor de una mujer que solicitó eliminar el apellido paterno de su identidad debido a los antecedentes de violencia y abuso cometidos por su padre. 

La solicitante expuso en su pedido que, desde temprana edad, sufrió abusos y desprotección por parte de su progenitor, quien además fue condenado penalmente por varios delitos graves. Este historial violento, detalló, le generaba una “doble carga”: jurídica, al ser un nombre impuesto, y emocional, pues le recordaba constantemente los traumas vividos.

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La jueza Scoccia, al fundamentar su fallo, explicó que la desvinculación afectiva y los antecedentes del padre comprobados en el proceso hacen que la solicitud de eliminar el apellido paterno sea razonable. “La ley permite este cambio en situaciones donde el apellido representa una carga emocional y no respeta la identidad personal de quien lo lleva”, sostuvo.

En su resolución, la jueza indicó que la petición cumplía con todos los requisitos legales necesarios para modificar el nombre, considerando el derecho a la identidad como un aspecto fundamental de la persona, según lo publicado en el sitio web del Poder Judicial de Río Negro.

Scoccia señaló que “la identidad de una persona tiene tanto una dimensión estática (como el nombre y los elementos biológicos) como una dinámica (aspectos psicológicos, sociales y culturales)”. Asimismo, subrayó que este derecho otorga a cada individuo la posibilidad de optar por un nombre que no genere conflictos internos y que respete su experiencia vital.

Durante el proceso judicial, se presentaron varias pruebas que acreditaban el contexto familiar y la desvinculación afectiva con el padre, entre ellas el acta de nacimiento, edictos judiciales, y un informe del Registro de la Propiedad Inmueble.

Tanto la Fiscalía como el Registro Civil emitieron opiniones favorables, confirmando la inexistencia de lazos afectivos o responsabilidades asumidas por parte del progenitor, y en consecuencia fue incorporada a la vida social con el apellido materno.

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