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SAN JAVIER

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03/09/2024

Tomarán decisión trascendental con un plebiscito para convertirse o no en comuna

En esta ocasión, 2.154 personas están habilitadas el domingo para votar en San Javier, de las cuales 2.113 son argentinas y 41 extranjeras. 
La compulsa será de ocho a 18.
La compulsa será de ocho a 18.

Este domingo, los habitantes de San Javier acudirán a las urnas para participar en un plebiscito que podría cambiar su estatus administrativo. La votación tiene como objetivo decidir si la localidad cercana a Viedma pasará de ser una "comisión de fomento", una forma de administración local más limitada, a convertirse en una "comuna", una categoría de gobierno local con mayor autonomía.

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El plebiscito fue convocado por Ley 5718. El Juzgado Electoral Provincial es el encargado de la organización y fiscalización de los comicios. Ya tiene en su poder las boletas impresas. Habrá en los cuartos oscuros dos boletas: por Sí o por No. Se dará a conocer un resultado provisorio luego de los comicios, y el escrutinio definitivo se realizará 48 horas después en el Juzgado Electoral Provincial.

Rigen todas las reglas de comicios provinciales. Se dispuso custodia policial. Se trata de una elección obligatoria y vinculante. Pueden votar desde los 16 años todas las personas que figuren en el padrón electoral, en tanto que la jueza de Paz de San Javier, Fabiana Nache, fue designada como juez de amparo al elector.

La Ley Electoral, en su artículo 12, define la noción del amparo del elector: “El elector que se considere afectado en sus inmunidades, libertad o seguridad o privado del ejercicio del sufragio podrá solicitar amparo por sí o por intermedio de cualquier persona en su nombre, por escrito o verbalmente, denunciando el hecho al Tribunal Electoral o al magistrado judicial o Juez de Paz más próximo, quienes estarán obligados a adoptar urgentemente las medidas conducentes para hacer cesar el impedimento, si fuese ilegal o arbitrario. Para ejercer la acción prevista en el párrafo anterior el ciudadano deberá estar incluido en el padrón electoral”.

En su artículo 13, se refiere a la retención indebida de documento cívico: “El elector también puede pedir amparo al Tribunal Electoral para que le sea entregado su documento cívico retenido indebidamente por un tercero”.

El director de Comunicación del Poder Judicial de la Provincia de Río Negro, Luciano Videla, detalló las características y el operativo del plebiscito en diálogo con el programa "Tocá Madera" de Radio Noticias. "Es una elección que no tiene tantos antecedentes en la provincia", afirmó Videla, recordando el último caso similar en Río Negro: la municipalización de Dina Huapi en 2008.

En esta ocasión, 2.154 personas están habilitadas para votar en San Javier, de las cuales 2.113 son argentinas y 41 extranjeras. "Van a votar integrados, tanto extranjeros como argentinos, en un total de seis mesas", explicó Videla, quien también señaló que la votación se llevará a cabo en la Escuela Primaria 3, como es habitual en la localidad. 

Además, comentó en relación a la compulsa del domingo que "ya están las boletas y el Juzgado Electoral tiene consigo las actas" para la compulsa electoral con urnas que estarán habilitadas en el horario de ocho a 18.

Videla también aclaró que el plebiscito se realizará bajo las mismas condiciones que cualquier otra elección provincial de comisiones de fomento, sin la participación de una Junta Electoral municipal, ya que todo el proceso depende del juzgado electoral. "El escrutinio definitivo se va a hacer 48 horas después en el propio Juzgado Electoral", agregó.

Respecto a las reglas de votación, los ciudadanos de 16 y 17 años, así como los mayores de 70, pueden sufragar sin sanciones en caso de no concurrir, mientras que para los votantes de entre 18 y 69 años, la participación es obligatoria. 

 

Las boletas de votación serán sencillas y claras, con opciones de "Sí" o "No" para decidir el futuro administrativo de San Javier. Videla recordó que en el último plebiscito similar en Dina Huapi, la elección fue extremadamente pareja, con solo 4 votos de diferencia.

En caso de que la mayoría de la población vote a favor de la transformación de San Javier en comuna, el gobernador de Río Negro tiene un plazo de 60 días para confirmar la decisión mediante un decreto. 

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