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26/06/2026

Se promulgó la ley y la Policía de Río Negro quedó autorizada para usar armas no letales

Promovida por la legisladora Yolanda Mansilla, en su momento se aprobó en la Legislatura y ahora se difundió en el Boletín Oficial.
Se promulgó la ley para que la Policía de Río Negro use armas no  letales en enfrentamientos en los que del otro lado no hay armas de fuego. Foto ilustrativa
Se promulgó la ley para que la Policía de Río Negro use armas no letales en enfrentamientos en los que del otro lado no hay armas de fuego. Foto ilustrativa

Se promulgó el uso de las armas no letales en Río Negro, proyecto de la legisladora Yolanda Mansilla (Primero Río Negro) que había sido aprobado por mayoría en la última sesión de la Legislatura de Río Negro. Se difundió en el Boletín Oficial bajo el N° 5861.

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Con este paso, la Policía de Río Negro tiene la facultad para usar las conocidas como Táser o Axon. También dispositivos de aerosol irritante, proyectiles de goma o polímeros especiales y dispositivos de disuasión acústica o luminosa, tales como granadas aturdidoras.

Sin embargo, hay puntos que deben destacarse, ya que no será inmediato, debido a que el personal necesita de una capacitación para su uso. Hay protocolos de entrenamiento técnico y operativo a seguir. Incluso, se deben comprar estas pistolas.

En diálogo con NoticiasNet, Mansilla explicó: “Calculo que se va a poner en marcha en 2027, por los tiempos. Se promulga, se hace todo el procedimiento de adquisición, que puede ser a través de licitación o compra directa, que te lleva un tiempo. Y otro tiempo de capacitación, por eso calculo que en 2027".

En la ley se remarca que será el Poder Ejecutivo quien deberá reglamentar la presente ley estableciendo los protocolos de uso, capacitación, control y registro del armamento menos letal, previo a su adquisición e implementación operativa.

El uso de armas menos letales estará autorizado para inmovilizar, detener o evitar la fuga de quien represente un peligro inmediato para terceros o para sí mismo, actuar en defensa propia o de otras personas, impedir la comisión de un delito de acción pública y para controlar situaciones de violencia o alteración del orden público cuando otros medios resulten insuficientes.

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