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VIEDMA

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02/09/2024

Ordenan la detención de un sujeto condenado por violencia de género

Lo dispuso el Juzgado de Ejecución Penal N° 8.
La víctima no podrá visitarlo en el Penal 1 ante la revocatoria de los beneficios y el nuevo castigo.
La víctima no podrá visitarlo en el Penal 1 ante la revocatoria de los beneficios y el nuevo castigo.

El Juzgado de Ejecución Penal N° 8, a cargo de Shirley González, hizo lugar al pedido efectuado por el Ministerio Público Fiscal y, en consecuencia, revocó la condicionalidad de la pena de seis meses de prisión en suspenso impuesta a un individuo de esta ciudad que había sido acordada el 5 de diciembre del año pasado por lesiones y amenazas hacia su pareja.

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González adoptó esta decisión tras una audiencia concretada días atrás en los tribunales capitalinos con la presencia del condenado, la defensa oficial a cargo de Belén Blanchet y Francisco Marano en representación del MPF para debatir la situación tomando en cuenta que se trataba de una pena de ejecución condicional.

Durante el debate quedó claro que esta persona, según el fallo al que tuvo acceso NoticiasNet, tuvo incumplimientos “persistentes y reiterados a las pautas de conducta” que consisten en prohibición  de ejercer actos  violentos  en contra de la víctima,  ni de realizar  por sí o por terceros  actos  molestos  o perturbadores que la afecten, prohibición de acercamiento  a menos de  300 metros  de la nombrada, realizar un tratamiento psicológico  en el área de salud mental  del Hospital Zatti  de ésta ciudad.

Tampoco respetó el Protocolo  de la Unidad de Arresto Domiciliario por Monitoreo Electrónico (UADME) y demás circunstancias que acreditó la Fiscalía, los llamados de atención e intimaciones efectuados por este Juzgado, en junio, julio y agosto  pasados,  la declaración de rebeldía  dispuesta  oportunamente  en las presentes actuaciones, entre otros cuetionamientos.

Ante esa realidad, la magistrada optó que el condenado  cumpla la pena de seis meses de prisión efectiva permaneciendo alojado en el Complejo Penal N° 1 de Viedma   en el marco de la pena  efectiva  dispuesta en la audiencia, a la vez que requirió a las autoridades del centro de detención que junto con el Gabinete Técnico Criminológico  aborden  la temática de violencia de género dentro del Programa de Tratamiento individual.

También solicitó que hagan gestiones necesarias con el área de Salud Mental del nosocomio capitalino a fin de que el  condenado  sea evaluado  por  profesionales de ese sector con el propósito de  determinar  si corresponde  que el condenado  realice  un tratamiento  para el abordaje del consumo problemático de sustancias.

En forma paralela, se mantuvo la prohibición absoluta de acercamiento y de tomar contacto de manera directa y/o ejercer actos molestos por sí o por terceros y/o por cualquier medio (telefónico o redes sociales) con la víctima, quien -por otra parte- no podrá ingresar al establecimiento penal en calidad de visitante.

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