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VIEDMA

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21/08/2024

Quiso zafar de una reducción de la cuota alimentaria pero una jueza lo impidió

La demanda presentada por el padre de las adolescentes fue rechazada.
Quiso zafar de una reducción de la cuota alimentaria pero una jueza lo impidió
Quiso zafar de una reducción de la cuota alimentaria pero una jueza lo impidió

La jueza Ana Carolina Scoccia, a cargo del Juzgado de Familia N° 5 de Viedma, rechazó una demanda interpuesta por el padre de dos hijas, quien había presentado un pedido formal para modificar la cuota alimentaria contra la madre de las menores.

El hombre argumentó que, después de su separación en 2011, habían acordado un aporte alimentario del 20% de los haberes que percibía en su trabajo, homologado judicialmente. En 2015, convino que el cuidado personal de las hijas fuera compartido de manera alternada, acuerdo que también fue homologado.

 

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Destacó además que contribuyó con el 100% de los gastos necesarios para mantener el nivel de vida que las niñas gozaban antes de la separación de su madre, incluyendo vestimenta, calzado, indumentaria para taekwondo y hockey, tratamientos médicos y odontológicos no cubiertos por su prepaga.

En su defensa, expuso que las circunstancias habían cambiado, ya que había sido desvinculado de su empleo en el banco y, aunque recibió una indemnización, este era su único sustento económico hasta conseguir un nuevo empleo. Señaló que estaba haciendo grandes esfuerzos para reinsertarse en el mercado laboral, aunque sin éxito. Sugirió además que las adolescentes pasaran más tiempo con él para aprovechar su disponibilidad horaria y disminuir los gastos de crianza y cuidado de su madre. No obstante, esta propuesta fue rechazada por su ex esposa sin una justificación válida, según el hombre.

La madre de las adolescentes, por su parte, aseguró que después de la separación tuvo que alquilar una casa para vivir con sus hijas, mientras que él continuó viviendo en la vivienda familiar, que había sido concedida a ambos.

Afirmó que, aunque el progenitor aportaba el 20% de sus haberes como cuota alimentaria, no se responsabilizó de ningún otro gasto hasta el 2020, cuando comenzó a cubrir gastos médicos, deportivos y a comprar ropa para las niñas. Sin embargo, sostuvo que el hombre no permitía que la ropa fuera llevada a su casa.

Argumentó que cubrir todos los gastos de las hijas le resultaba muy complicado y, aunque tenía un empleo en la administración pública, debía hacer trabajos extras en varios lugares para cubrir las necesidades de las adolescentes.

Finalmente, la jueza fijó que el padre deberá abonar una suma mensual equivalente al 20% del Salario Mínimo Vital y Móvil que determina el Ministerio de Trabajo de la Nación (equivalente a la suma de 52.486,59 pesos en el mes de agosto de 2024).

Además, en el caso de que obtenga un empleo en relación de dependencia, deberá abonar el 20% de todos los haberes percibidos, a ser depositados entre el 1 y el 10 de cada mes. Las cuestiones relativas a sus hijas deberán ser comunicadas directamente entre ellos.

 

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