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VIEDMA

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09/06/2024

A casi cinco años de un grave choque bajan la compensación a la víctima

Quedó en más de un 37%. Los demandados, el dueño de la Toyota y la aseguradora, se defendieron diciendo que el motociclista no tenía el casco colocado.
A casi cinco años de un grave choque bajan la compensación a la víctima
A casi cinco años de un grave choque bajan la compensación a la víctima

La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia y Minería de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en Viedma brindó en los últimos días su sentencia definitiva en torno a lo acontecido con un accidente registrado a las 22 del 24 de octubre de 2019 en la intersección de las avenidas Leloir y Don Bosco de esta capital. Ese día se produjo chocó un motociclista quien resultó gravemente herido contra una Toyota Hilux.

La última decisión judicial, de varias que tuvo el caso en estos años, redujo la compensación, luego de evaluar lo actuado por la Unidad Jurisdiccional N° 3 que hizo lugar  parcialmente a la acción de daños y perjuicios entablada por la víctima condenando al conductor de la camioneta y a su aseguradora a abonar por incapacidad 14.539.551 pesos, por gastos médicos, farmacia y de traslado la de 92.370,45 pesos y por las consecuencias no patrimoniales generadas la de 2.623.800 pesos. Inicialmente se había planteado una incapacidad de la víctima superior al 70%.

En ese marco, se anunció que esos montos ya se encuentran reducidos en un 20% en virtud del aporte causal atribuido a la víctima, y que en más devengarán intereses hasta su efectivo pagos conforme calculadora del Poder Judicial.

La extensa sentencia pondera la responsabilidad principal del conductor de la camioneta que fue impactada por una motocicleta que transitaba por la avenida Leloir con prioridad de paso, aunque sin las luces encendidas, aunque la “óptima iluminación” de la zona permitió en ese momento a los automovilistas atentos advertir la presencia de la moto.

Al rechazar la indemnización de primera instancia, los demandados se defendieron alegandp que si esa noche el motociclista hubiera utilizado casco, las lesiones sufridas, “no se habrían producido” por lo que solicitaron ser liberados de la obligación de condena impuesta o al menos se considere una mayor disminución, además, cuestionando la forma de cálculo empleada por uno de los peritos.

Luego de analizar lo exhibido por un grupo de peritos, de diversas disciplinas, dentro de esta sentencia de la demanda por daños y perjuicios, la cámara hizo lugar parcialmente al planteo recursivo opuesto por los demandados y dejar en consecuencia sin efecto la suma reconocida en concepto de incapacidad sobreviniente, disponer su reliquidación teniendo en cuenta a esos fines el 37,34% de incapacidad y siguiendo en lo demás las pautas tenidas en cuenta por el grado a su institución en las postrimerías del Considerando IX.1.1 del fallo en revisión.

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