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07/09/2022

Un chico murió electrocutado, y los responsables tendrán que pagar una voluminosa indemnización

Un chico murió electrocutado, y los responsables tendrán que pagar una voluminosa indemnización
Un chico murió electrocutado, y los responsables tendrán que pagar una voluminosa indemnización

Un fallo civil  hizo lugar a la demanda por daños y perjuicios interpuesta por los padres de Nico Gutierre, un adolescente fallecido al tocar un alambrado electrificado en una cancha de fútbol 5. De esta forma, condenó a la Asociación Civil Club Atlético Racing, a la persona que explotaba la cancha y a la Municipalidad de San Antonio Oeste (por el inspector que no controló) a abonar 13.787.538 de pesos más los intereses.

En el expediente el Club no se presentó. Por su parte, la Municipalidad al contestar la demanda no negó “el hecho acaecido sino que lo reconoció expresamente, pero negó directamente su responsabilidad por no tener vínculo jurídico alguno con la Asociación Civil Club Atlético Racing, sosteniendo que lo que sucede dentro del recinto de una Asociación Civil, escapa a su control, toda vez que el Municipio no cuenta con facultades otorgadas por ordenanza que le permitan entrometerse 'de oficio' en el funcionamiento de los clubes, máxime si estos funcionan de manera clandestina”.

A su turno, Paulo Darío Sandoval, quien explotaba la cancha, “negó todos y cada uno de los hechos invocados en la demanda, en especial cómo ocurrieron los mismos, excepto por el hecho de reconocer la muerte del hijo de los aquí actores pero no conforme fuera relatada”.

Dijo que su actividad “se limitaba a a realizar la limpieza y riego de la cancha de fútbol 5, abrir y cerrar las instalaciones, y en determinadas oportunidades realizar mantenimientos en el predio”. También impugnó los montos indemnizatorios “por exorbitantes”.

La prueba

La sentencia expresa que “al tratarse de un daño causado con una cosa riesgosa, basta con que el afectado demuestre el daño causado y el contacto con aquélla, quedando a cargo de la demandada como dueña o guardián de la misma acreditar la culpa de la víctima o de un tercero por quien no deba responder, o la existencia de caso fortuito o fuerza mayor”. Luego, en las responsabilidades incluyó al concesionario, al club y al municipio.

El 18 de febrero de 2020, un Tribunal conformado por los jueces Carlos Reussi -como presidente- Juan Martín Brussino Kain e Itziar Soly condenó a la pena de cuatro años de prisión a Paulo Sandoval y Rubén Barilá, al considerarlos responsables del delito de homicidio culposo por la trágica muerte del joven. La víctima murió, según se concluyó, electrocutada al tocar el cerco perimetral de la cancha de fútbol ubicada en el predio del club. La instalación carecía de disyuntor y tenía precarias conexiones, que habían sido advertidas a Barilá -presidente del club- y Sandoval -concesionario de la cancha.

Por otra parte, la fiscalía pidió en julio del año pasado  al juez de Juicio, Marcelo Álvarez, aplicar una inhabilitación por el término de un año para ocupar cargos públicos, y una multa a Nicolás Murguiondo. Este último era director de Inspección del municipio de San Antonio Oeste cuando el 23 de febrero de 2018, el joven falleció.

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