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29/07/2022

La Cooperativa Obrera le devuelve dinero a sus socios en una compra: enterate cuándo te toca

El esquema está contemplado a través de la terminación de los documentos. El monto de las promociones varía según el consumo de cada uno.
La Cooperativa Obrera le devuelve dinero a sus socios en una compra: enterate cuándo te toca
La Cooperativa Obrera le devuelve dinero a sus socios en una compra: enterate cuándo te toca

La Cooperativa Obrera en todas sus sucursales ya devolvió más de mil millones de pesos a sus socios, en concepto del Retorno 2022. Viedma no es la excepción y ya muchos clientes fueron beneficiados en una de sus compras. Otros todavía tienen que esperar. Así es el cronograma.

Los documentos terminados en 0 ya disponen de la promoción desde el 25 de julio y es acumulativo, por lo que pueden ir cualquier día. A los que terminan en 1 les tocó desde el 26/7, los que acaban en 2 desde el 27/7, los 3 el 28/7 u los terminados en 4 ya gozan del Retorno desde hoy 29/7.

Los documentos que finalizan en 5 ya estarán habilitados a partir del lunes 1 de agosto, los del 6 el 2 de agosto, los de 7 el 3/8, los que acaban en 8 el 4/8 y finalmente los 9 el viernes 5/8.

Por disposición de la Ley de Cooperativas (art. 42 inc. 5°), el excedente repartible de las cooperativas debe, obligatoriamente, distribuirse entre sus asociados en concepto de Retorno en proporción a su operatoria anual. Además, la Ley permite pagar un Interés sobre las cuotas sociales de capital integradas por cada asociada/o (art. 42 inc. 4°).

La devolución a los asociados de los excedentes anuales de las cooperativas, constituye una de las normas esenciales que las caracterizan y califican como tales, y asimismo las distinguen respecto de otras organizaciones.

Las cooperativas se constituyen fundamentalmente con la finalidad de prestar servicios a sus asociados. Cuando el balance de una cooperativa muestra que los ingresos superan a los gastos, esa diferencia no constituye una ganancia o lucro sino un excedente, que debe ser devuelto a los asociados en estricta proporción al uso de los servicios que cada uno de ellos utilizó.

En una sociedad comercial, el objetivo es obtener ganancias para distribuirlas entre sus socios o dueños en función del capital aportado.

En cambio, el objetivo de una cooperativa es prestar servicios a sus asociados y si, como consecuencia de esas prestaciones, surge un excedente, el mismo debe ser reintegrado anualmente a quienes lo produjeron. En las cooperativas de consumo, se hará en función de las compras realizadas por cada uno de los asociados.

Otra diferencia con las sociedades comerciales, es que el capital en las cooperativas no posee privilegios políticos porque cada asociado tiene un solo voto en las asambleas cualquiera sea el monto de su capi tal. Tampoco tiene privilegios económicos porque, como hemos visto, los excedentes no se distribuyen en función del capital aportado, sino por las operaciones realizadas por cada uno con su cooperativa. En las cooperativas, el capital sólo tiene derecho a percibir un interés limitado que será fijado anualmente por la asamblea.

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