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01/04/2019

Rige la prohibición de publicar encuestas electorales

Así lo determina la Ley Electoral.
Rige la prohibición de publicar encuestas electorales
Rige la prohibición de publicar encuestas electorales

El Tribunal Electoral Provincial reiteró que, de conformidad a lo dispuesto por la Ley O N° 2431, las encuestas y sondeos del día de la elección (comúnmente denominada encuesta de boca de urna) podrán realizarse en la medida en que no se constituyan en un factor de perturbación a la libre circulación de electores en las proximidades de los establecimientos de votación.

 

Además, recuerda que deberá darse estricto cumplimiento a lo dispuesto por el art. 96 de la Ley O N° 2431: "Plazo de Publicación y Difusión. Las encuestas y sondeos preelectorales podrán difundirse hasta diez (10) días antes de la fecha de las elecciones generales o internas. Las encuestas y, sondeos del día de la elección no podrán difundirse hasta una (1) hora después de cerrados los comicios".